III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-9449)
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Dirección General de Trabajo, sobre intercambio de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Viernes 10 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 53827

Quinto.
El artículo 155 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público (en adelante LRJSP) regula expresamente la transmisión de datos entre
administraciones públicas en desarrollo del artículo 3.1.k) de la dicha norma.
De acuerdo con la letra c) del número 1 del artículo 141 de la LRJSP en aplicación
del deber de colaboración de las Administraciones Públicas se desprende la obligación
de «facilitar a las otras Administraciones la información que precisen sobre la actividad
que desarrollen en el ejercicio de sus propias competencias».
El artículo 143 de la LRJSP, establece que las Administraciones cooperarán al
servicio del interés general y podrán acordar de manera voluntaria la forma de ejercer
sus competencias que mejor sirva a este principio, y que la formalización de relaciones
de cooperación requerirá la aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos de
órganos de cooperación o en convenios.
Sexto.
Dentro del espíritu de mutua colaboración para el cumplimiento de los fines públicos,
la TGSS y la Dirección General de Trabajo firmaron el 12 de julio de 2019 un convenio
de cesión de datos para facilitar el acceso de esta última a las bases de datos de los
Ficheros Generales de la TGSS. Este convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» del día 6 de agosto de 2019.
En consecuencia, una vez vencido dicho convenio, las partes, en el marco de
colaboración mutua que debe presidir las relaciones entre las Administraciones públicas
con el fin de que exista un intercambio de datos entre los firmantes que contribuya al
interés general, acuerdan suscribir un nuevo convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El convenio tiene por objeto fijar las condiciones y términos de la colaboración entre
la TGSS y la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social,
para facilitar el acceso a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y
Economía Social a las bases de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social,
así como la cesión de información por parte de la Dirección General de Trabajo
necesaria para el desarrollo de las competencias de la TGSS.
Segunda.

Acceso a los datos de la TGSS.

La cesión de información procedente de las bases de datos de la TGSS tiene como
finalidad el desarrollo de las funciones atribuidas por el ordenamiento jurídico a la
Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social que justifican
su cesión.
Por el presente convenio la TGSS autoriza a la Dirección General de Trabajo del
Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como a cualquier otra que asumiera sus
competencias posteriormente, la utilización de las transacciones que dan acceso a la
información contenida en las bases de datos de sus ficheros, en el Grupo «T0DGTR00».
A este respecto, la modificación de las transacciones incluidas en este Grupo
requerirá el acuerdo unánime de la Comisión de Control y Seguimiento prevista en la
cláusula décima.

cve: BOE-A-2024-9449
Verificable en https://www.boe.es

2.1

Finalidad de la cesión.