V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-16787)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de revisión del deslinde aprobado por la O.M. de 1 de mayo de 2004 del tramo de costa de unos mil doscientos cuarenta y tres (1.243) metros de longitud, en la playa de La Cagadilla, comprendido entre la desembocadura del río Guadalfeo y el límite del término municipal de Salobreña (Granada), aprobado por OM. de 6 de mayo de 2024. Refª. DES01/99/18/0007-DES07-01.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de mayo de 2024

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4) En cuanto a las alegaciones presentadas, relativas al deslinde, han sido
contestadas en el epígrafe 5.2 "Análisis de las alegaciones" contenido en el
documento "Memoria" del proyecto de deslinde fechado en enero de 2024 y en el
informe de fecha 12 de marzo de 2024, posterior al trámite de audiencia, que se
dan por reproducidos.
No obstante, a continuación, se expone un resumen de la motivación que ha
servido para estimar o desestimar las alegaciones presentadas.
Respecto a que en la propuesta de deslinde se incluyen suelos del T.M. de
Motril, cuando el expediente se refiere, exclusivamente, al T.M. de Salobreña, se
estima lo alegado, como se describe en el Antecedente VII).
Respecto a que no se han tenido en cuenta los efectos en la configuración de
la costa, una vez ejecutadas las obras de defensa proyectadas, así como respecto
a la solicitud de posponer el expediente de deslinde hasta que las citadas obras
están ejecutadas, cabe destacar el contenido de la sentencia 711/2016, de 24 de
febrero de 2016, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo:
"Recordemos que el acto administrativo de deslinde no tiene carácter constitutivo
sino declarativo de los bienes que, a tenor del artículo 132.2 de la Constitución y
de los artículos 3, 4 y 5 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, son de
dominio público marítimo-terrestre estatal. De modo que el deslinde se limita a
establecer la determinación del dominio público marítimo-terrestre, ateniéndose a
las características de los bienes que lo integran, conforme a los dispuesto en los
preceptos citados, como establece el artículo 11 de la Ley de Costas y reitera el
artículo 18 del Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley 29/
1988, de 28 de julio, de Costas, aprobado por Real Decreto 1471/1989, de 1 de
diciembre".
Ha quedado constatado que el deslinde aprobado en octubre de 2004 no
incluye todos bienes definidos en la Ley de Costas como dominio público marítimoterrestre.
En cuanto a que la revisión del deslinde está causada por la fuerte regresión
que ha sufrido la margen izquierda del delta del río Guadalfeo como consecuencia
de la construcción de la presa de Rules y las obras de ampliación del Puerto de
Motril, así como por la falta de medidas compensatorias y correctoras por parte de
la Administración, cabe manifestar que es irrelevante el motivo por el cual los
bienes a incluir en el deslinde tienen características de dominio público marítimoterrestre.
Respecto a que no se ha tenido en cuenta la situación que resulta de los
trabajos de desarrollo urbanístico de los últimos años, la ya citada sentencia 711/
2016 manifiesta que "La Administración de Costas, al proceder al deslinde de los
terrenos de referencia ha actuado investida de una específica potestad que le ha
sido conferida por la Ley de Costas, frente a la que no cabe oponer ni su situación
urbanística de los terrenos…", por lo que este aspecto es irrelevante a efectos de
la delimitación del dpm-t.
En respuesta a Compañía Ibérica de Complejos Hoteleros S.L. (CICH), cabe
destacar, en cuanto a que la revisión de la delimitación de dominio público
marítimo-terrestre se efectúa como consecuencia de la regresión de la costa o que
previamente al deslinde, se deberían haber hecho obras de estabilización, que,
como establece el artículo 13 bis de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y
uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de

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Núm. 114