V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-16787)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de revisión del deslinde aprobado por la O.M. de 1 de mayo de 2004 del tramo de costa de unos mil doscientos cuarenta y tres (1.243) metros de longitud, en la playa de La Cagadilla, comprendido entre la desembocadura del río Guadalfeo y el límite del término municipal de Salobreña (Granada), aprobado por OM. de 6 de mayo de 2024. Refª. DES01/99/18/0007-DES07-01.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de mayo de 2024

Sec. V-B. Pág. 24882

d) la circunstancia de que la resolución aprobatoria del procedimiento de deslinde
servirá de título para rectificar las situaciones jurídico-registrales contradictorias
con el deslinde.
Con fecha 28 de junio de 2022, el Registrador solicita ampliación de plazo para
la emisión de los certificados, por su incapacidad técnica para manejar la
información catastral y los planos aportados. El 20 de enero de 2023, el Servicio
Provincial de Costas de Granada reenvía, tras su transformación en formato SHP
con metadatos, la información al Registro de la Propiedad nº 1 de Motril, que acusa
recibo con fecha 24 de enero de 2023 y emite la certificación solicitada el 30 de
mayo de 2022. El 14 de febrero de 2023 se remite oficio de citación al acto de
apeo a la empresa CALGARA IFY, S.L.
Por lo anteriormente expuesto, cabe destacar que hasta el 10 de febrero de
2023 no se tiene al alegante como interesado. No obstante, el alegante pudo
acceder al expediente desde el 31 de mayo de 2022, durante la información
pública.
2) El tramo objeto del expediente se corresponde con terrenos litorales con
características y naturaleza de sedimentos sueltos de arenas y gravas de origen
marino, principalmente, y eólico en menor medida, por lo que constituyen depósitos
de playas, como se constata con las ortofotos históricas del PNOA, las
observaciones realizadas en campo, junto con los resultados geoquímicos,
granulométricos y texturales de las 9 muestras analizadas (CAG-01 a CAG-09) en
el estudio sedimentológico.
Más de la mitad de las muestras analizadas presentan valores muy bajos de
materia orgánica, inferiores al 0,5%. El resto presentan valores inferiores al 1,5%,
que indica que no se ha desarrollado nada de suelo, o muy poco, al tratarse de
muestras de materiales detríticos arenosos sueltos, poco o nada evolucionados en
términos edáficos.
Las muestras CAG-06, CAG-07 y CAG-09 presentan valores "inapreciables" de
carbonato cálcico equivalente, lo que corresponde a arenas de naturaleza
altamente silícea. Las muestras CAG-02, CAG-03, CAG-04, CAG-05 y CAG-08
"muy poco calcáreas" y CAG-01 "poco calcáreas". Estos valores bajos son debidos
a la naturaleza original de los sedimentos arenosos que forman el delta del
Guadalfeo, que provienen erosionados y transportados por los cursos fluviales
desde el área de materiales, mayoritariamente silíceos, que constituye Sierra
Nevada hasta la costa, y posteriormente distribuidos por la deriva litoral, el oleaje y
los vientos costeros dominantes.
Respecto a la textura, las muestras CAG-05, CAG-07 y CAG-09 presentan
textura arenosa, CAG-06, textura arenosa-franca y CAG-01, CAG-02, CAG-03,
CAG-08 textura franco-arenosa, lo que corresponde en el diagrama triangular de
texturas con las clases texturales de la USDA, con la representación de las playas
y dunas. En este caso, con la de sedimentos de playa, puesto que se descartar
que fueran dunas por la limitada influencia eólica en el origen de los sedimentos
analizados.
Tras las pruebas practicadas, ha quedado acreditado que el límite interior del
dominio público marítimo-terrestre queda definido por la siguiente poligonal, cuya
justificación viene recogida en el proyecto de deslinde y que a continuación se
resume:

cve: BOE-B-2024-16787
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 114