V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-16787)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de revisión del deslinde aprobado por la O.M. de 1 de mayo de 2004 del tramo de costa de unos mil doscientos cuarenta y tres (1.243) metros de longitud, en la playa de La Cagadilla, comprendido entre la desembocadura del río Guadalfeo y el límite del término municipal de Salobreña (Granada), aprobado por OM. de 6 de mayo de 2024. Refª. DES01/99/18/0007-DES07-01.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de mayo de 2024

Sec. V-B. Pág. 24878

Posteriormente solicita ampliación de plazo para presentar alegaciones y que
se suspenda la tramitación del procedimiento de deslinde de dpm-t hasta que se
estabilice la línea de costa, una vez realizadas las obras correctoras de la situación
provocada por la presa de Rules y el Puerto de Motril.
Presenta "Informe Técnico de alegaciones a la delimitación provisional de
deslinde del dpm-t en el tramo de costa comprendido entre la desembocadura del
río Guadalfeo y el extremo occidental del T.M. de Motril", fechado en marzo de
2023 y expone que el informe de Tragsatec "que ha servido de única base para el
deslinde propuesto no incluye cálculo alguno de zonas inundables ni hace
referencia a análisis del clima marítimo, ni de los máximos temporales conocidos,
no figurando por tanto en el informe TRAGSATEC análisis alguno de la inundación
de la costa sobre la que se propone el deslinde".
Aportan informe técnico elaborado por JUST SOLUTIONS en fecha 22 de
marzo de 2023, que analiza el informe TRAGSATEC, examina la evolución
histórica de la playa, contempla la inundación producida por los máximos
temporales conocidos y refiere la base geológica y geotécnica del deslinde
propuesto.
Este informe muestra su disconformidad con el informe de TRAGSATEC, al
considerar que no tiene en cuenta: la falta de aporte de material sedimentario
causado por la Presa de Rules, las obras acometidas en el Puerto de Motril y su
perjudicial efecto en la zona objeto de este expediente y la ausencia de medidas
correctoras y obras compensatorias.
Solicita que se modifique el deslinde propuesto, respetando los derechos
urbanísticos.
LANDCOMPANY 2020 S.L. presenta asiento que no acompaña documentación
alguna.
El Ayuntamiento de Motril señala que se modifica la línea de deslinde en su
término municipal, a pesar de que el ámbito del expediente es el término municipal
de Salobreña y considera que la revisión del deslinde se debería hacer con
posterioridad a la ejecución de las obras de defensa proyectadas en la zona, dado
que la regresión de la zona es consecuencia de las actuaciones llevadas a cabo
por la Administración General del Estado en el ámbito del Puerto de Motril y la
construcción de la presa de Rules en el río Guadalfeo.
El Ayuntamiento de Salobreña señala que la regresión de la zona es
consecuencia de las actuaciones llevadas a cabo por la Administración General del
Estado con la construcción de la presa de Rules en el río Guadalfeo y que en el
informe preceptivo emitido el 24 de julio de 2009 por la D.G. de Costas, con motivo
de la aprobación del Plan Parcial del sector TH2, se señalaba la tendencia
regresiva de la zona. Expone la necesidad de las obras de defensa en el entorno
de la desembocadura del río Guadalfeo. Por otra parte, solicita que se haga una
reconsideración a mínimos de la modificación del deslinde, minimizando su
incidencia en la ordenación urbanística.
FALSTACEN S.L. expone que su finca está ubicada en el término municipal de
Motril, por lo que considera que no debería estar afectada por el deslinde ni por la
servidumbre de protección y solicita acceso a los estudios y/o informes técnicos
incluidos en el expediente, la ampliación de plazo para presentar alegaciones y
que se le tenga personado en el expediente, notificándole toda resolución y acto

cve: BOE-B-2024-16787
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Núm. 114