III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-9376)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Acondicionamiento y tercer carril por calzada en la autovía A-3. Tramo: Buñol-Chiva. pp.kk. 316+900 a 328+000".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 52712

catalogación, en coordinación con la mencionada Consellería, de otra zona en otro
enclave de forma que el Monte de Utilidad Pública no pierda superficie.
34. Durante la fase de remoción de tierras e intervención en el subsuelo será
necesaria la presencia continua de arqueólogo.
35. Antes de iniciar las obras y previo al desmantelamiento del elemento
etnográfico denominado Acueducto del Brazal de la Solana, se realizará una
documentación planimétrica, gráfica y fotográfica. Su reposición posterior se producirá
de acuerdo con lo detallado en el Anejo n.º 24 de Reposición de Servicios, del proyecto.
36. En caso de que durante la fase de seguimiento básico aflorasen estructuras o
restos arqueológicos intactos, se delimitarán y balizarán para que no sean objeto de
daños incontrolados. Tras notificar el hallazgo a la institución correspondiente de
patrimonio arqueológico y siguiendo sus directrices, si es necesaria una intervención
arqueológica puntual se establecerá de acuerdo con la propiedad un equipo capacitado
para la excavación, y se procederá según lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley 4/1998
de Patrimonio Cultural Valenciano.
Vulnerabilidad del proyecto.
37. Se tendrá en cuenta lo indicado por la Agencia Valenciana de Seguridad y
Respuesta a las Emergencias en relación con los siguientes riesgos:
− Riesgo de inundaciones: según el Plan de Acción Territorial de carácter sectorial
sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunitat Valenciana (PATRICOVA), el
ámbito del proyecto está afectado por la peligrosidad por inundaciones de nivel 6 y
geomorfológica. Por tanto, se deberá consultar a la autoridad competente en ordenación
del territorio, quien deberá determinar si las actuaciones propuestas cumplen con la
legislación vigente en materia de aguas y planificación hidrológica.
− Riesgo sísmico: según lo que establece la Norma de Construcción
Sismorresistente del 2002 (NCSR-02), los municipios donde se sitúa el proyecto tienen
una aceleración sísmica de 0,06 g. Por tanto, en el desarrollo del proyecto se deben
asumir todas las medidas establecidas al efecto por la NCSR-02.
− Riesgo de deslizamientos: según la Cartografía Temática de la Comunitat
Valenciana, una parte del ámbito del proyecto está afectada por el riesgo de
deslizamiento de nivel medio. Por tanto, se deberá realizar un estudio geotécnico de
detalle del área afectada para concretar la gravedad del riesgo existente y tomar las
medidas correctoras pertinentes.
− Riesgo ocasionado por el transporte de mercancías peligrosas: la autovía A3 es
una de las vías de circulación preferente de estas mercancías y se consideran zonas de
especial exposición las franjas de 500 m alrededor de la misma. La construcción de un
tercer carril y del ramal en la zona próxima a Buñol supondrá una mayor exposición a
este riesgo en las zonas urbanas residenciales del norte del casco urbano de Buñol y en
el sureste de la urbanización Loma del Castillo y del casco urbano de Chiva. Por tanto,
este aspecto entre otros será valorado por el órgano sustantivo, como órgano
competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.
− Riesgo de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas: en el
municipio de Chiva, en el entorno del proyecto, existen diversas empresas afectadas por
el RD 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los
riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
No obstante, este riesgo no supone un impedimento para el desarrollo de la actividad del
proyecto en cuestión, como indica la mencionada agencia.
− Riesgo de incendios forestales: según la cartografía del PATFOR, el ámbito del
proyecto ocupa, limita y está próximo a zonas de suelo forestal en diversos puntos. Por
tanto, se deberá consultar al departamento competente en prevención de incendios
forestales de la Generalitat Valenciana, quien deberá determinar los condicionantes y
limitaciones a cumplir por parte del proyecto.

cve: BOE-A-2024-9376
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Núm. 113