III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-9376)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Acondicionamiento y tercer carril por calzada en la autovía A-3. Tramo: Buñol-Chiva. pp.kk. 316+900 a 328+000".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Jueves 9 de mayo de 2024

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Flora, Vegetación y HICs.
11. Al inicio de las obras deberá contarse con el preceptivo permiso del organismo
competente para iniciar el desbroce de la zona de ocupación, y el desbroce será el
estrictamente necesario una vez realizado el jalonamiento de la superficie de ocupación.
12. Se llevará a cabo la protección de los ejemplares arbóreos singulares
identificados que pudieran verse afectados por las obras: Garrofera dels Carlistes con
una protección de 17,6 m y Garrofera de la Covatillas con una protección 18,30 m.
13. Las superficies de nueva creación como terraplenes, desmontes y superficies
recuperadas de instalaciones de obra temporales, serán revegetadas según un Proyecto
de medidas de integración paisajística que será concretado en el Proyecto de
Construcción.
Fauna.
14. Se moderará la velocidad de los vehículos y la maquinaria en el interior del
recinto de las obras para no superar los 20 km/h, reduciendo así el riesgo de muerte o
lesión por atropello o choque.
15. Se evitarán los trabajos nocturnos para impedir atropellos de la fauna.
16. Para evitar atropello y conservar la conectividad ecológica de la infraestructura
durante la fase de explotación, se seguirá el documento «Prescripciones técnicas para el
diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales (segunda edición, revisada y
ampliada). Documento n.º1 (2015)» así como las «Prescripciones técnicas para la
reducción de la fragmentación de hábitats en las fases de planificación y trazado»
(documento n.º 3) del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (2010). Se
realizará un vallado continuo de tipo cinegético y se instalarán estructuras de escape en
las zonas próximas a vaguadas y a pasos de fauna. Se adaptarán todas las estructuras
del drenaje superficial cunetas, arquetas y sifones para facilitar la salida de animales que
hayan podido caer y se adaptarán todas las obras de drenaje transversal como pasos
para pequeños mamíferos. La tipología de hábitat interceptado es fundamentalmente
agrícola, por lo que, en el tramo de nueva construcción de la variante de Buñol, se
diseñará al menos un paso cada 1 km para pequeños vertebrados y un paso cada 3 km
para grandes mamíferos.
Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000.

− Las obras deben prever todos los pasos necesarios con diámetro adecuado, para
permitir tanto la circulación de agua en los barrancos teniendo en cuenta las máximas
avenidas, como en las acequias y otras infraestructuras hidráulicas necesarias para el
riego a manta.
− Fuera de la proyección en planta que ocupará el tercer carril no debe llevarse a
cabo la canalización de la obra ni la colocación de escolleras en los cauces o en el lecho
de los barrancos, debiendo estos mantener su estado natural. En las caras de los
taludes de la nueva carretera de la autovía que linden con los barrancos, podrá
colocarse piedra escollera de tamaño adecuado si se considera imprescindible para
asegurar su estabilidad al no poder rebajarse la pendiente del talud.
− En ningún caso deberán aterrarse ni taponarse los ullals o surgencias naturales de
agua que se encuentren en el terreno que vaya a ser alterado por la nueva carretera, sus
taludes, cunetas o por los nuevos caminos de servicio que se construyan. Se deberá
contactar con el organismo de gestión del Parque Natural de la Albufera para determinar

cve: BOE-A-2024-9376
Verificable en https://www.boe.es

17. Una parte de la actuación se ubica en el ámbito territorial del PORN de la
Cuenca Hidrográfica de la Albufera, aprobado mediante Decreto 96/1995, de 16 de
mayo, del Gobierno Valenciano, por lo que se tendrá en cuenta todo lo dispuesto en
dicho PORN.
18. Tal y como indica la Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental
de la Generalitat Valenciana a través de la Dirección del Parque Natural de la Albufera: