I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-9155)
Real Decreto 472/2024, de 7 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 51561

perjuicio de las competencias que corresponden a la Subsecretaría de Ciencia,
Innovación y Universidades.
i) La dirección de las relaciones internacionales en materia de universidades,
investigación, desarrollo e innovación, así como el seguimiento de las actuaciones de la
Unión Europea en este ámbito, así como la definición de los programas de cooperación
internacional en el ámbito universitario y de investigación, desarrollo e innovación, de
carácter bilateral o multilateral, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
j) La cooperación con las comunidades autónomas y entidades locales en política
universitaria, de investigación, desarrollo e innovación, sin perjuicio de las competencias
atribuidas a otros órganos del departamento.
k) Las relaciones y coordinación con los órganos colegiados dependientes del
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, así como con otras unidades y
organismos de la Administración General del Estado responsables de políticas de
investigación, desarrollo e innovación y universidades y políticas sectoriales
estrechamente relacionadas con éstas, en el ámbito de sus competencias.
l) El impulso del Espacio Europeo de Educación Superior y del Espacio
Iberoamericano del Conocimiento, en coordinación con el Organismo Autónomo Servicio
Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE).
m) La coordinación, impulso y seguimiento de la cooperación internacional y de las
relaciones internacionales, en el ámbito competencia de la Secretaría de Estado de
Ciencia, Innovación y Universidades.
n) El ejercicio de las competencias del departamento respecto de los tratados
internacionales, acuerdos internacionales administrativos y acuerdos no normativos en
las materias de educación superior, así como el asesoramiento sobre la participación
española en organismos internacionales sobre dichas materias, en coordinación con el
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de acuerdo con el
principio de unidad de acción en el exterior.
ñ) La coordinación de acciones en el ámbito de la educación superior universitaria
con la colaboración de los servicios de educación superior en el exterior encuadrados en
la Consejerías, Agregadurías y Direcciones de programas existentes en diferentes
países de la Administración en el exterior, sin perjuicio de las competencias del Ministerio
de Educación, Formación Profesional y Deportes.
o) La coordinación de la participación española en la elaboración y seguimiento de
las políticas europeas en materia de I+D+I y transferencia del conocimiento, incluido el
Programa Marco de investigación e innovación, y la representación española en otros
programas, foros y organizaciones de carácter europeo e internacional competentes en
el diseño de políticas en materia de I+D+I, sin perjuicio de las competencias de otros
órganos del departamento.
p) La coordinación de la actividad internacional de las Administraciones públicas
territoriales en el ámbito de la acción exterior educativa universitaria.
q) La cooperación internacional en materia de investigación y transferencia de
conocimiento, la formulación conjunta con los órganos del departamento y la
coordinación de la posición española en foros internacionales, y la propuesta de
designación de quienes hayan de representar a España en los organismos
internacionales responsables de los correspondientes programas.
r) El apoyo administrativo al Observatorio «Mujeres, Ciencia e Innovación», así
como la preparación técnica de los asuntos e informes que correspondan y la
elaboración de las normas relativas a las funciones, organización y funcionamiento de
éstos, cuando corresponda.
2. Dependen de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades los
siguientes órganos directivos:
a)
b)

La Secretaría General de Investigación.
La Secretaría General de Universidades.

cve: BOE-A-2024-9155
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Núm. 112