I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Terrorismo. (BOE-A-2024-9149)
Orden PJC/406/2024, de 7 de mayo, por la que se publica la Estrategia Nacional contra el Terrorismo 2023, aprobada por el Consejo de Seguridad Nacional.
22 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 51520

– Las diferentes administraciones e instituciones funcionen de una manera
coordinada, como herramienta de prevención de la amenaza terrorista y el extremismo
violento, reforzando la protección de la sociedad.
– Las instituciones responsables de la lucha contra el terrorismo, en cualquiera de
sus ámbitos, operen permanentemente de manera integrada en los procesos de
evaluación de la amenaza y el riesgo en el planteamiento y ejecución de las acciones e
iniciativas de prevención, protección y persecución de las organizaciones e individuos
terroristas, y de las redes que puedan proporcionarles las capacidades para actuar.
CAPÍTULO 5
Pilares, líneas estratégicas y líneas de acción
En este capítulo se establecen los objetivos específicos de cada uno de los cuatro
pilares en los que se distribuye la acción concertada del Estado, así como las líneas
estratégicas y las líneas de acción para la consecución de estos objetivos.
Prevenir
Evitar la captación, adoctrinamiento y reclutamiento de terroristas y de extremistas
violentos, fomentando la acción coordinada de los diferentes actores involucrados en la
prevención, detección y tratamiento de los procesos de radicalización que fomenten el
uso de la violencia, así como las ideologías y recursos que los sustentan.
Línea Estratégica: Fomentar el conocimiento y promover el compromiso de la
sociedad en la lucha contra el terrorismo como una de las principales medidas para
mejorar su prevención y fomentar la creación de una sociedad menos vulnerable.
– Potenciar la formación de los actores que intervienen en la lucha contra el
terrorismo y la radicalización violenta.
– Implementar y desarrollar el Plan Integral de Cultura de Seguridad Nacional como
cimiento de la libertad, el progreso y el bienestar de la ciudadanía y la sociedad, base
esencial sobre la que se construye y asienta el Estado de derecho.
– Priorizar la atención a los colectivos en situación de especial vulnerabilidad,
especialmente en lo que concierne a la protección de menores, frente a su radicalización
con fines terroristas.
– Priorizar la atención a individuos afectados por trastornos mentales, frente a su
radicalización con fines terroristas.
– Promover el testimonio de las víctimas del terrorismo como instrumento de
prevención frente a la radicalización, y contrarrestar la narrativa terrorista.
– Impulsar los distintos canales de comunicación entre los ciudadanos y los
diferentes organismos que permitan la interacción rápida y eficaz con las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad.
Línea Estratégica: Lucha contra el adoctrinamiento y la radicalización violenta.
– Implementar el Plan Estratégico Nacional de Prevención y Lucha contra la
Radicalización Violenta (PENCRAV) y sus planes asociados que propugnan un enfoque
transversal e integral del problema, así como aquellos existentes en las diferentes
administraciones e instituciones públicas competentes en la materia.
– Potenciar el marco legislativo oportuno para facilitar las acciones de bloqueo y
retirada de contenidos terroristas en línea, acorde a la regulación europea.
Línea Estratégica: Prevención contra la financiación del terrorismo.
– Impulsar la localización, recuperación y gestión de activos en la esfera nacional e
internacional.

cve: BOE-A-2024-9149
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 112