III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-9128)
Resolución de 5 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., para la gestión de los avales por cuenta del Estado de la «Línea de avales para la adquisición de primera vivienda de jóvenes y familias con menores a cargo».
27 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Martes 7 de mayo de 2024

Millones de euros
Año

Comisión Gestión ICO**

Comisión Administración
ICO*

Sec. III. Pág. 51350

Total
(millones de euros)*

2028

1,51

1,51

2029

1,26

1,26

2030

1,01

1,01

2031

0,76

0,76

2032

0,51

0,51

2033

0,26

0,26

2034

0,07

0,07

2035

0,07

0,07

2036

0,07

0,07

12,74

37,74

Total.

25

* Comisiones de administración y de gestión: las partidas para el pago de las comisiones de gestión y
administración pueden comprender, los importes certificados del año en curso y también el sumatorio de
certificaciones de ejercicios anteriores que no hubieran contado con presupuesto habilitado suficiente.
** El importe de comisión de gestión es el correspondiente a las operaciones formalizadas por un
importe de hasta 10.000 millones de euros.

Si en alguna anualidad, el importe disponible para el abono de comisiones de
administración o gestión de ICO por parte del MIVAU no fuera suficiente para cubrir los
desembolsos que deba realizar al ICO de acuerdo con la presente estipulación, el MIVAU
desembolsará a ICO los importes correspondientes pendientes de pago en la siguiente o
siguientes anualidades en las que haya importe disponible suficiente.
En los casos de reajuste de las anualidades entre ejercicios de los importes
comprometidos, siempre que no se altere el importe total de los mismos, la tramitación
del expediente financiero de reajuste de anualidades no precisará la suscripción de una
Adenda, siendo suficiente el acuerdo de la Comisión de Seguimiento con la propuesta de
reprogramación de los importes, una vez valorada por dicha comisión la certificación
emitida por el ICO.
Envío de datos relativos a operaciones.

Durante el período de formalización de préstamos entre las entidades financieras y
los Clientes el ICO facilitará al MIVAU trimestralmente un informe descriptivo de las
operaciones avaladas por el MIVAU, en la Línea, con los datos relativos a las
operaciones formalizadas.
Con carácter anual, el ICO enviará al MIVAU un informe descriptivo con la relación
de todas las operaciones formalizadas dentro de la Línea, el importe de aval ejecutado,
los préstamos que las entidades financieras hayan reportado a ICO como amortizados
totalmente, las operaciones que las entidades financieras hayan comunicado como
fallidas contables y/o jurídicas y los importes recuperados que hayan abonado las
entidades financieras a ICO.
A estos efectos, el envío de los informes al MIVAU, podrá realizarse a través de la
aplicación Banc@ico, a la que se dará acceso por el ICO, en su caso, al MIVAU
mediante certificado digital.

cve: BOE-A-2024-9128
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.