III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-9085)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Mutualidad General Judicial, por la que se modifica la de 19 de mayo de 2022, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110

Lunes 6 de mayo de 2024

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En consecuencia, teniendo en cuenta los cambios normativos y organizativos
descritos, resulta necesario adaptar la resolución del Gerente de fecha 19 de mayo
de 2022, sobre delegación de competencias, a las funciones que se desarrollan en las
mismas, por lo que, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 12.3 del Real
Decreto 96/2019, de 1 de marzo, y de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre,
Esta Gerente resuelve:
Primero.
Delegar en quien ocupe el puesto de Secretario/Secretaria General:
a) El reconocimiento de las obligaciones y la ordenación de los pagos. Se
exceptúan las nóminas de personal, los pagos referidos a los conciertos o contratos
suscritos con entidades públicas o privadas para la prestación de la asistencia sanitaria y
la prestación farmacéutica y los de asistencia protocolarias y de representación, sin
perjuicio de lo previsto en el punto siguiente.
b) La aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas con
cargo a los anticipos de caja fija y libramientos ordinarios a justificar, excepto las que se
refieran a asistencias protocolarias y de representación.
c) La resolución, en los supuestos y forma previstos en la instrucción sobre la
gestión de la tramitación de las solicitudes de vacaciones, permisos, licencias y
excedencias aprobada por la Gerencia de MUGEJU en fecha 8 de noviembre de 2023,
de las peticiones de permisos y licencias del personal que presta sus servicios en la
Gerencia de la Mutualidad, previo informe de las personas responsables del área en que
esté destinado o, en su caso, de la persona responsable de la Unidad de Informática.
Queda excluida de esta delegación, la de los permisos y licencias de quienes formen
parte de los órganos asesores de la Gerencia, la de las personas responsables de las
diferentes áreas o de la Unidad de Informática y la de quienes ocupen puesto de
Consejero Técnico o Consejera Técnica.
Segundo.
Delegar en las personas que ocupen los puestos de Asesor Jurídico o Asesora
Jurídica, en los supuestos y forma previstos en la instrucción sobre la gestión de la
tramitación de las solicitudes de vacaciones, permisos, licencias y excedencias aprobada
por la Gerencia de MUGEJU en fecha 8 de noviembre de 2023, la resolución de
permisos y licencias del personal que presta sus servicios en las Delegaciones
Provinciales, previa comprobación de los requisitos legalmente exigibles por parte de la
persona responsable de la unidad de personal o quien ejerza sus funciones. En el
supuesto de solicitud de vacaciones y permisos por asuntos particulares será requisito
previo el informe positivo del Delegado o Delegada Provincial.

Delegar en el/la responsable de la dirección del área de gestión económica o, en su
defecto, en el/la responsable de la unidad de administración financiera y contabilidad el
control de los pagos y gestión de la vía de apremio de los procedimientos de reintegro de
prestaciones indebidas.
Cuarto.
Delegar en la persona responsable de la dirección del área de afiliación, cotización y
recaudación:
a) El reconocimiento de la condición de mutualista, de las altas, bajas y variaciones
de datos y de los derechos derivados de aquella, incluido el de la asistencia sanitaria.

cve: BOE-A-2024-9085
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.