III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-8957)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo de Logifruit Iberia, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Viernes 3 de mayo de 2024

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segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o
enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
La excedencia contemplada en el presente apartado deberá solicitarse con un mes
de antelación, plazo en el cual deberá dictarse la resolución pertinente. En caso de que
esta excedencia se solicitase por causas de urgencia o necesidad acreditadas, la
empresa dictará resolución en un plazo no superior a diez días.
El período de duración de esta excedencia podrá disfrutarse de forma fraccionada,
constituye un derecho individual de las personas, hombres o mujeres. No obstante, si
dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo
sujeto causante, la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas y
objetivas de funcionamiento debidamente motivadas por escrito debiendo en tal caso la
empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas
trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación.
Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo período de excedencia,
el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando.
Cuando la persona solicitante forme parte de una familia que tenga reconocida
oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se
extenderá hasta un máximo de dieciocho meses cuando se trate de familia numerosa.
Cuando la persona ejerza este derecho con la misma duración y régimen que el otro
progenitor, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de dieciocho
meses.
El período en que la persona excedente permanezca en situación de excedencia
conforme a lo establecido en este artículo será computable a efectos de antigüedad y se
tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación
deberá ser convocado por la empresa, especialmente con ocasión de su reincorporación.
Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido
dicho plazo, y para el reingreso la persona excedente deberá interesar su
reincorporación mediante escrito al efecto dentro del plazo de un mes de antelación a la
terminación de su excedencia, y de no hacerlo causará baja definitiva en la empresa. El
reingreso solicitado en tiempo y forma quedará supeditado a la existencia de vacante en
un puesto de trabajo del mismo grupo y categoría profesional de haber trascurrido más
de un año desde el inicio de la excedencia.
Artículo 40.

Excedencias especiales.

Dará lugar a la situación de excedencia especial del personal por el nombramiento
para cargo público, cuando su ejercicio sea incompatible con la prestación de servicios
en la empresa. Si surgiera discrepancia a este respecto, decidirá la jurisdicción
competente. La excedencia se prolongará por el tiempo que dure el cargo que la
determina y otorgará derecho a ocupar la misma plaza que desempeña la persona
afectada al producirse tal situación, computándose el tiempo que haya permanecido en
aquélla como activo a todos los efectos. El reingreso deberá solicitarlo dentro del mes
siguiente al de su cese en el cargo público que ocupaba.
CAPÍTULO VI

Artículo 41.

Régimen de faltas y sanciones.

El personal de la empresa podrá ser sancionado por la dirección de la empresa de
acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establecen en los artículos
siguientes.
No obstante, con el fin de evitar infracciones y sanciones, los responsables de
las plataformas podrán realizar actas de concienciación con aquellas personas que

cve: BOE-A-2024-8957
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Régimen disciplinario