III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-8948)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de la Compañía Operadora de Corto y Medio Radio Iberia Express, SAU, y sus trabajadores pilotos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Viernes 3 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 50589
– El incremento consolidado adicional a las tablas consolidadas del 2026 se realiza,
conforme a la siguiente tabla:
% IPC acumulado 2022-2025
% de la diferencia por tramo del IPC acumulado
2022-2025 menos el incremento
consolidado acumulado 2022-2025
Hasta el 13,5
100
>13,5-16
50
>16-20
25
>20
0
El cálculo de la tabla consolidada 2026 se realizará por tanto de la siguiente manera.
Primero, se sumarán el incremento adicional resultante del procedimiento anterior, si lo
hubiere, y el incremento resultante de las tablas definidos en el apartado 14.18., si lo
hubiere. La suma de ambos porcentajes se aplicará sobre la Tabla Consolidada 2025,
dando como resultado la Tabla Consolidada 2026.
Adicionalmente, en caso de que el IPC acumulado en el periodo 22-25 sea superior
al incremento consolidado acumulado realizado en ese periodo y el EBIT/Ingresos de
Iberia Express durante ese periodo sea igual o superior al 7 %, en Julio del año 2026 se
realizará un pago único, que se calculará aplicando el porcentaje resultante de la Tabla
reflejada anteriormente, al salario íntegro percibido por el Piloto en 2025 sin que forme
parte de la base de cálculo el pago no consolidado percibido en dicho año.
Las previsiones contenidas en este apartado serán aplicables, exclusivamente, para
el ejercicio de 2026, en los términos indicados.
Ejemplos: Para la mejor comprensión de la forma de cálculo y funcionamiento del
modelo, a continuación, se incluyen dos ejemplos.
En ambos escenarios se asume un IPC acumulado del periodo 2022-2025 del 17 %.
Escenario 1:
Escenario 1
Incremento
2022
2023
2024
2025
Acumulado
Consolidado
5,7
2,0
1,75
1,5
10,95
Incremento
2022
2023
2024
2025
Acumulado
Consolidado
5,7
2,5
2,75
2,75
13,7
Escenario 2:
Escenario 2
El incremento consolidado adicional que se obtendría en ambos casos, siempre que
la rentabilidad media de Iberia Express (EBIT/INGRESOS) durante ese período sea igual
o superior al 7 %, sería:
IPC acumulado
17
INC acumulado
10,95
Diferencia
6,05
Tramo 1
< 13,5
13,5
Tramo 2
> 13,5 < 16
16
Escenario 1
Tramo
Garantía
Diferencia
%
10,95
2,55
100 %
2,55
13,5
2,50
50 %
1,25
cve: BOE-A-2024-8948
Verificable en https://www.boe.es
Escenario 1:
Núm. 108
Viernes 3 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 50589
– El incremento consolidado adicional a las tablas consolidadas del 2026 se realiza,
conforme a la siguiente tabla:
% IPC acumulado 2022-2025
% de la diferencia por tramo del IPC acumulado
2022-2025 menos el incremento
consolidado acumulado 2022-2025
Hasta el 13,5
100
>13,5-16
50
>16-20
25
>20
0
El cálculo de la tabla consolidada 2026 se realizará por tanto de la siguiente manera.
Primero, se sumarán el incremento adicional resultante del procedimiento anterior, si lo
hubiere, y el incremento resultante de las tablas definidos en el apartado 14.18., si lo
hubiere. La suma de ambos porcentajes se aplicará sobre la Tabla Consolidada 2025,
dando como resultado la Tabla Consolidada 2026.
Adicionalmente, en caso de que el IPC acumulado en el periodo 22-25 sea superior
al incremento consolidado acumulado realizado en ese periodo y el EBIT/Ingresos de
Iberia Express durante ese periodo sea igual o superior al 7 %, en Julio del año 2026 se
realizará un pago único, que se calculará aplicando el porcentaje resultante de la Tabla
reflejada anteriormente, al salario íntegro percibido por el Piloto en 2025 sin que forme
parte de la base de cálculo el pago no consolidado percibido en dicho año.
Las previsiones contenidas en este apartado serán aplicables, exclusivamente, para
el ejercicio de 2026, en los términos indicados.
Ejemplos: Para la mejor comprensión de la forma de cálculo y funcionamiento del
modelo, a continuación, se incluyen dos ejemplos.
En ambos escenarios se asume un IPC acumulado del periodo 2022-2025 del 17 %.
Escenario 1:
Escenario 1
Incremento
2022
2023
2024
2025
Acumulado
Consolidado
5,7
2,0
1,75
1,5
10,95
Incremento
2022
2023
2024
2025
Acumulado
Consolidado
5,7
2,5
2,75
2,75
13,7
Escenario 2:
Escenario 2
El incremento consolidado adicional que se obtendría en ambos casos, siempre que
la rentabilidad media de Iberia Express (EBIT/INGRESOS) durante ese período sea igual
o superior al 7 %, sería:
IPC acumulado
17
INC acumulado
10,95
Diferencia
6,05
Tramo 1
< 13,5
13,5
Tramo 2
> 13,5 < 16
16
Escenario 1
Tramo
Garantía
Diferencia
%
10,95
2,55
100 %
2,55
13,5
2,50
50 %
1,25
cve: BOE-A-2024-8948
Verificable en https://www.boe.es
Escenario 1: