III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-8948)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de la Compañía Operadora de Corto y Medio Radio Iberia Express, SAU, y sus trabajadores pilotos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Viernes 3 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 50582

Estos días libres adicionales no serán de aplicación para los pilotos que estén en el
patrón fijo de programación.
12.16

Día de competencia lingüística.

Día libre adicional que se programará a los pilotos de patrón libre, dentro de los 90
días anteriores a la revalidación de la Competencia. Este día libre adicional no será de
aplicación para los pilotos que estén en el patrón fijo de programación.
12.17

Procedimiento para la asignación de programaciones especiales.

La Compañía podrá ofertar programaciones mensuales completas que incluyan las
líneas nocturnas, líneas de refuerzo y/o agrupadas, para que los tripulantes puedan
solicitar que se les asignen. El procedimiento de asignación será el siguiente:
La Compañía comunicará a los pilotos las programaciones que oferta, así como el
plazo del que disponen para solicitar su asignación. Estas líneas solo se asignarán de
forma voluntaria.
Cada tripulante podrá solicitar más de una programación, en orden de prioridad.
Cada programación solicitada y finalmente asignada, sumará un punto.
El piloto tendrá la opción de solicitar una programación si quedara desierta al finalizar
el procedimiento de asignación. Si le es asignada de esta manera, no sumará puntos.
Las programaciones de cada mes se asignarán primero a aquellos pilotos con menos
puntos acumulados, a igualdad de puntos se asignarán por escalafón técnico por
especialidad, flota y base.
Una vez asignada la programación, se anularán para ese mes todas las peticiones
de ROFF y preferencias de programación del piloto. Si el piloto tuviera vacaciones
asignadas para ese mes, su disfrute se trasladará a otras fechas, que determinará la
Compañía.
Los pilotos en patrón fijo no podrán optar a programaciones especiales.
12.18

Procedimiento de asignación de líneas de Navidad.

La Compañía ofertará programaciones para los siguientes bloques de tres días para
que los tripulantes puedan solicitar que se les asignen:
– 24, 25 y 26 de diciembre.
– 31 de diciembre y 1 y 2 de enero.
– 5, 6 y 7 de enero.
Estas programaciones se asignarán de acuerdo a lo establecido en el artículo 11.2.3.
12.19

Permutas entre tripulantes.

Dos pilotos de la misma especialidad, flota y base podrán proponer intercambiar su
línea programada en un día o días concretos. Dicho intercambio será en todo caso
autorizado por el departamento de programación, que facilitará estas peticiones a través
de una herramienta informática.

13.1

Garantías sindicales

Reconocimiento.

La Empresa reconoce a las Secciones Sindicales firmantes de este convenio, como
los interlocutores válidos del colectivo de pilotos, mientras mantengan la
representatividad de dicho colectivo.

cve: BOE-A-2024-8948
Verificable en https://www.boe.es

13.