III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2024-8891)
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Convenio con las Confederaciones Hidrográficas del Cantábrico, O.A. y del Ebro, O.A., la Comunidad Autónoma del País Vasco y Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, por el que se encomiendan diversas actividades en materia de dominio público hidráulico en las cuencas intercomunitarias del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Jueves 2 de mayo de 2024
Segunda.

Sec. III. Pág. 50288

Principios que rigen la Encomienda y relaciones interadministrativas.

1. Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua actuará en todas las
actividades encomendadas como administración pública de referencia para la
ciudadanía. Los documentos presentados por los interesados ante cualquiera de las
Administraciones firmantes serán remitidos a Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del
Agua para hacer efectiva la Encomienda prevista en este convenio.
2. La Encomienda se desarrollará de tal modo que garantice una gestión
homogénea del dominio público hidráulico ubicado en el territorio de la Comunidad
Autónoma del País Vasco, con independencia de la cuenca hidrográfica a la que
pertenezca.
3. En las actividades encomendadas, Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del
Agua garantizará el cumplimiento de las normas estatales reguladoras que resulten de
aplicación para la protección y gestión del dominio público hidráulico.
4. Para facilitar el ejercicio de la Encomienda, las Administraciones firmantes del
presente convenio establecerán, en el seno de la Comisión Mixta, cauces para el
intercambio permanente de información y en particular, la información relativa al
contenido de los expedientes administrativos de la Encomienda. A la Comisión Mixta le
corresponderá también la fijación de criterios técnicos de aplicación de la Encomienda
dentro del marco legal vigente de acuerdo con lo que establece la estipulación quinta del
presente convenio, así como garantizar el cumplimiento en todos los trámites que se
realicen en el marco de los procedimientos encomendados lo previsto en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de
los Derechos Digitales.
5. Para facilitar la labor de apoyo y colaboración en las tareas de policía del
dominio público hidráulico, la Administración del Estado proporcionará información
actualizada respecto a los aprovechamientos concedidos.
6. En la tramitación de los expedientes encomendados, en el caso de que la
correspondiente Confederación Hidrográfica considerara procedente modificar la
propuesta efectuada por Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, una vez
realizados los contactos necesarios para aclarar y concretar los términos de las
modificaciones, se formulará por la Agencia Vasca del Agua nueva propuesta corregida
en el plazo de 20 días hábiles, que de ser considerada procedente se elevará para su
resolución. En otro caso la Confederación Hidrográfica dictará la resolución que proceda.
Tercera. Recursos.
Las impugnaciones y recursos que se interpongan contra las resoluciones dictadas
en los procedimientos tramitados en el marco de la Encomienda, se trasladarán para
informe a Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, con carácter previo a su
resolución por el Órgano competente.
Compensación económica derivada de las actividades encomendadas.

Como compensación al coste económico derivado de la realización de las
actividades objeto de la presente Encomienda, Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca
del Agua percibirá, con carácter anual, la cantidad de 1.000.000 de euros (un millón de
euros), sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los
ejercicios 2024-2028 para financiar las obligaciones derivadas del convenio.
Dicho importe será satisfecho a ejercicio vencido y se hará efectivo durante la
vigencia del convenio establecida en la estipulación novena, de acuerdo con la siguiente
distribución anual:
La Dirección General del Agua, abonará la cantidad de 600.000 euros/año, con cargo
a la aplicación presupuestaria 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico Servicio 05 Dirección General del Agua, Programa 456A, capítulo 6,
artículo 64 y Concepto 640.

cve: BOE-A-2024-8891
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.