III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2024-8891)
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Convenio con las Confederaciones Hidrográficas del Cantábrico, O.A. y del Ebro, O.A., la Comunidad Autónoma del País Vasco y Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, por el que se encomiendan diversas actividades en materia de dominio público hidráulico en las cuencas intercomunitarias del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Jueves 2 de mayo de 2024

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Informe técnico-administrativo.
Envío a CH de la propuesta previa de condicionado, redactada en castellano y/o
bilingüe, para su consideración acompañada del expediente remitido por medios
electrónicos. Dicho expediente podrá estar redactado en Euskera con excepción de los
siguientes documentos: a) solicitud de la persona peticionaria, b) informe técnico y
conclusiones del proyecto técnico.
Por CH:
Recepción de la propuesta previa de condicionado y la documentación original.
Análisis técnico y administrativo del expediente.
Redacción de informe técnico de conformidad o no con la propuesta previa de
condicionado, incluyendo, en su caso, las modificaciones al mismo que procedan.
Remisión del informe a URA.
Por URA:
a) En caso de recibir informe de conformidad de CH, notificación a la persona
peticionaria.
Informe de alegaciones, en su caso.
Envío de la propuesta de resolución a la CH y, en su caso, de las alegaciones e
informe correspondiente.
b) En caso de no conformidad de la CH, se formulará por URA nueva propuesta
corregida en el plazo de veinte días hábiles.
Por CH:
Recepción de la propuesta de resolución y la documentación.
Análisis técnico y administrativo del expediente.
Resolución de aprobación de propuesta y remisión a URA.
En su caso, solicitud motivada a URA de nueva propuesta de resolución.
Por URA:
Traslado de la resolución a la persona peticionaria, organismos e interesados en el
expediente. Este traslado podrá hacerse en Euskera, con el logotipo de URA, con
indicación de que la CH es el órgano competente, en los términos ya apuntados para la
comunicación de inicio del expediente.
Envío a la CH de justificante de la notificación a la persona peticionaria.
En caso de ser precisa nueva propuesta de resolución, se formulará en un plazo
máximo de veinte días hábiles.
Reconocimiento final de instalaciones de depuración.

URA tramitará el procedimiento incluyendo, según corresponda:
Recepción de documentación: comunicación de la persona peticionaria o informe y
analíticas de entidad colaboradora de la administración hidráulica.
Requerimiento de documentación complementaria, si procede.
Comprobación de que las instalaciones de depuración se han construido de acuerdo
con las condiciones previamente aprobadas por la CH.
Propuesta de resolución de reconocimiento final y autorización de vertido.
Envío a la CH de la propuesta de resolución de reconocimiento final y autorización de
vertido.

cve: BOE-A-2024-8891
Verificable en https://www.boe.es

Por URA: