I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Organización. (BOE-A-2024-8711)
Real Decreto 439/2024, de 30 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 962/2013, de 5 de diciembre, por el que se crea y regula el Consejo Estatal de la pequeña y la mediana empresa, y se regula el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Miércoles 1 de mayo de 2024
Dos.
Sec. I. Pág. 49721
Los artículos 1 a 8 se ordenan como capítulo I, con el título siguiente:
«CAPÍTULO I
El Consejo Estatal de la pequeña y la mediana empresa»
Tres.
Se introduce una nueva letra h) en el artículo 2, con la siguiente redacción:
«h) El seguimiento y evaluación de la evolución del comportamiento de pago
de las empresas a través del análisis del informe anual elaborado por el
Observatorio Estatal de la Morosidad Privada sobre la situación de los plazos de
pago y la morosidad en las transacciones comerciales del sector privado, de
conformidad con lo previsto en el artículo 13.»
Cuatro.
El artículo 3 queda redactado como sigue:
«1. El Consejo Estatal de la pequeña y la mediana empresa estará integrado por:
1.º Una vocalía al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación.
2.º Una vocalía al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes.
3.º Dos vocalías al Ministerio de Hacienda.
4.º Una vocalía al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
5.º Una vocalía al Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes.
6.º Una vocalía al Ministerio de Trabajo y Economía Social.
7.º Dos vocalías al Ministerio de Industria y Turismo.
8.º Una vocalía al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
9.º Una vocalía al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.
10.º Una vocalía al Ministerio de Cultura.
11.º Dos vocalías al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
12.º Una vocalía al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
13.º Una vocalía al Ministerio de Igualdad.
14.º Una vocalía al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
15.º Una vocalía al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública.
e) Siete vocalías en representación de otras entidades dependientes de la
Administración General del Estado con categoría, al menos, de Subdirector o
Subdirectora General, que corresponderán:
1.º Una vocalía al Instituto de Crédito Oficial (ICO).
2.º Una vocalía al ICEX España Exportación e Inversiones.
cve: BOE-A-2024-8711
Verificable en https://www.boe.es
a) Presidencia: la persona titular del Ministerio de Industria y Turismo o quien
le sustituya, con categoría, al menos, de Director General, en casos de vacante,
ausencia, enfermedad u otra causa legal.
b) Vicepresidencia primera: la persona titular del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, o quien le sustituya, con categoría, al menos, de Director
General, en casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal.
c) Vicepresidencia segunda: la persona titular del Ministerio de Hacienda, o
quien le sustituya, con categoría, al menos, de Director General, en casos de
vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal.
d) Dieciocho vocalías en representación de los Departamentos ministeriales
de la Administración General del Estado con categoría, al menos, de Director
General, que corresponderán:
Núm. 106
Miércoles 1 de mayo de 2024
Dos.
Sec. I. Pág. 49721
Los artículos 1 a 8 se ordenan como capítulo I, con el título siguiente:
«CAPÍTULO I
El Consejo Estatal de la pequeña y la mediana empresa»
Tres.
Se introduce una nueva letra h) en el artículo 2, con la siguiente redacción:
«h) El seguimiento y evaluación de la evolución del comportamiento de pago
de las empresas a través del análisis del informe anual elaborado por el
Observatorio Estatal de la Morosidad Privada sobre la situación de los plazos de
pago y la morosidad en las transacciones comerciales del sector privado, de
conformidad con lo previsto en el artículo 13.»
Cuatro.
El artículo 3 queda redactado como sigue:
«1. El Consejo Estatal de la pequeña y la mediana empresa estará integrado por:
1.º Una vocalía al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación.
2.º Una vocalía al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes.
3.º Dos vocalías al Ministerio de Hacienda.
4.º Una vocalía al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
5.º Una vocalía al Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes.
6.º Una vocalía al Ministerio de Trabajo y Economía Social.
7.º Dos vocalías al Ministerio de Industria y Turismo.
8.º Una vocalía al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
9.º Una vocalía al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.
10.º Una vocalía al Ministerio de Cultura.
11.º Dos vocalías al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
12.º Una vocalía al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
13.º Una vocalía al Ministerio de Igualdad.
14.º Una vocalía al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
15.º Una vocalía al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública.
e) Siete vocalías en representación de otras entidades dependientes de la
Administración General del Estado con categoría, al menos, de Subdirector o
Subdirectora General, que corresponderán:
1.º Una vocalía al Instituto de Crédito Oficial (ICO).
2.º Una vocalía al ICEX España Exportación e Inversiones.
cve: BOE-A-2024-8711
Verificable en https://www.boe.es
a) Presidencia: la persona titular del Ministerio de Industria y Turismo o quien
le sustituya, con categoría, al menos, de Director General, en casos de vacante,
ausencia, enfermedad u otra causa legal.
b) Vicepresidencia primera: la persona titular del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, o quien le sustituya, con categoría, al menos, de Director
General, en casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal.
c) Vicepresidencia segunda: la persona titular del Ministerio de Hacienda, o
quien le sustituya, con categoría, al menos, de Director General, en casos de
vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal.
d) Dieciocho vocalías en representación de los Departamentos ministeriales
de la Administración General del Estado con categoría, al menos, de Director
General, que corresponderán: