I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Organización. (BOE-A-2024-8711)
Real Decreto 439/2024, de 30 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 962/2013, de 5 de diciembre, por el que se crea y regula el Consejo Estatal de la pequeña y la mediana empresa, y se regula el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Miércoles 1 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 49720

de disponer de un Observatorio Estatal que garantice el seguimiento de la evolución de
los datos de pago, la morosidad en las operaciones comerciales entre empresas
privadas y la promoción de buenas prácticas en este ámbito, integrando a los agentes
más relevantes en esta materia, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 18/2022,
de 28 de septiembre. De la misma manera, se justifica la modificación en la composición
del Consejo Estatal de la PYME, por un lado, actualizando el número de vocalías
correspondientes a los ministerios para adaptarlo a la actual estructura ministerial y, por
otro lado, aumentando el número de vocalías correspondientes a organizaciones
empresariales y sindicales, para garantizar una mejor representatividad de las pymes y
sus trabajadores en dicho órgano.
Se han tenido en cuenta, asimismo, los principios de eficiencia y proporcionalidad, al
establecer la mínima regulación y cargas administrativas imprescindibles para la
consecución de los fines que se pretenden.
De acuerdo con el principio de transparencia, los objetivos de este real decreto se
definen claramente tanto en el preámbulo como en la memoria del análisis de impacto
normativo. Asimismo, con carácter previo a la elaboración del texto de este real decreto
se ha sustanciado, a través del portal web del Ministerio de Industria y Turismo, la
consulta pública previa, prevista en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en
relación con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Asimismo, el proyecto ha sido sometido al procedimiento de información y participación
pública del artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y han sido
consultados los departamentos ministeriales afectados, las comunidades autónomas, así
como las entidades representativas del sector.
Por último, el real decreto atiende al principio de seguridad jurídica, manteniendo la
coherencia con el resto del ordenamiento jurídico que es de aplicación.
Con fecha 6 de febrero de 2024, el Consejo de Ministros aprobó el acuerdo por el
que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de real decreto. Este real
decreto se dicta en virtud de la habilitación para el desarrollo normativo que establecen,
respectivamente, la disposición adicional undécima y la disposición final sexta y séptima
de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, y de
conformidad con lo previsto en el título preliminar, capítulo II, sección 3.ª de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Turismo, con la aprobación
previa del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, de acuerdo
con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 30 de abril de 2024,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 962/2013, de 5 de diciembre, por el que
se crea y regula el Consejo Estatal de la pequeña y la mediana empresa.
El Real Decreto 962/2013, de 5 de diciembre, por el que se crea y regula el Consejo
Estatal de la pequeña y la mediana empresa, queda modificado como sigue:
El título del real decreto queda redactado como sigue:

«Real Decreto 962/2013, de 5 de diciembre, por el que se regula el Consejo
Estatal de la pequeña y la mediana empresa y el Observatorio Estatal de la
Morosidad Privada.»

cve: BOE-A-2024-8711
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Uno.