I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Profesión de Procura. Aranceles. (BOE-A-2024-8706)
Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Miércoles 1 de mayo de 2024
Disposición derogatoria única.

Sec. I. Pág. 49635

Derogación normativa.

Queda derogado el Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se
aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales y cuantas normas
se opongan a lo establecido en este real decreto.
Disposición final primera.

Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.5.ª de la
Constitución Española que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
administración de Justicia.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 30 de abril de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,

cve: BOE-A-2024-8706
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FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA