I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN. Estatutos. (BOE-A-2024-8478)
Real Decreto 365/2024, de 9 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P.
19 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Sábado 27 de abril de 2024
Artículo 3.

Sec. I. Pág. 48461

Personalidad y capacidad.

La Fundación tiene personalidad jurídica y plena capacidad de obrar sin otras
limitaciones que las establecidas por las leyes y por estos estatutos, al cumplimiento de
cuyos fines queda afectado su patrimonio.
Artículo 4.

Domicilio.

La Fundación, que tiene nacionalidad española, tiene su domicilio en la localidad de
Cubillos del Sil (León), avenida Presidente Rodríguez Zapatero, s/n, código
postal 24492.
En caso de modificación del domicilio será necesario observar lo dispuesto en el
artículo 28 respecto de las modificaciones estatutarias. La Fundación podrá establecer
delegaciones en cualquier parte del territorio nacional o internacional, si fuera
conveniente a sus fines.
Artículo 5. Protectorado.
La Fundación se somete al Protectorado de la Administración General del Estado
ejercido por el Ministerio de Cultura a través de la Subdirección General del Protectorado
de Fundaciones.
Artículo 6.

Ámbito de actuación y duración.

1. El ámbito de actuación de la Fundación se extiende a todo el territorio nacional.
Dicho ámbito de actuación podrá ser modificado en los términos previstos en los
Estatutos para la modificación estatutaria.
2. No obstante lo anterior, la Fundación podrá extender sus actividades al ámbito
internacional si así lo necesitara para el desarrollo de los proyectos.
3. La Fundación se crea por tiempo indefinido, sin perjuicio de lo establecido en el
capítulo VI.
CAPÍTULO II
De los fines y actividades de la Fundación
Artículo 7.

Fines fundacionales.

a) De acuerdo con las directrices del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, promover una transición energética hacia la descarbonización que
genere desarrollo económico, social y empleo, teniendo en cuenta los principios de la
economía verde y economía circular.
b) Fortalecer el tejido empresarial y apoyar el desarrollo de iniciativas
empresariales y sociales de las zonas afectadas por la transición energética.
c) Potenciar los estudios ambientales relacionados con la energía y la recuperación
medioambiental.
d) Promover la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación así como la
transmisión, intercambio y preservación de la información en materias de fuentes
alternativas de energía para impulsar la transición energética en todos sus aspectos:
descarbonización, energías y soluciones tecnológicas renovables innovadoras,
digitalización, descentralización, etc.
e) Conservar y restaurar el patrimonio cultural e industrial de los territorios
afectados por el proceso de transición energética para que forme parte de los recursos
disponibles.

cve: BOE-A-2024-8478
Verificable en https://www.boe.es

La Fundación tiene como fines los siguientes: