II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-8394)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Dirección de la Organización Nacional de Trasplantes, por la que se convoca concurso de movilidad voluntaria para la provisión de plazas de personal estatutario sanitario facultativo, sanitario no facultativo y no sanitario en la Organización Nacional de Trasplantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Viernes 26 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 48033

6.3 Los supuestos de empate en las puntuaciones obtenidas se resolverán a favor
de la persona concursante que haya prestado más tiempo de servicios en la
Organización Nacional de Trasplantes. De persistir el empate, se resolverá a favor de la
persona concursante con mayor experiencia en puesto de trabajo de coordinación
nacional de trasplantes. Si el empate se mantiene, se resolverá a favor de la persona
candidata con mayor experiencia en puesto de trabajo de coordinación de trasplantes
autonómicas u hospitalarias. Si el empate se mantiene, se resolverá a favor de la
persona concursante con más tiempo de servicios en Servicios de Salud Autonómicos,
así como en los Centros y Servicios Sanitarios gestionados por órganos u organismos
dependientes de la AGE distintos de la Organización Nacional de Trasplantes. Si el
empate continúa se resolverá a favor de la persona concursante que lleve más tiempo de
servicios prestados en el destino que ocupa, sea este con carácter provisional o
definitivo.
6.4 El cómputo del tiempo de servicios prestados a que se refiere el baremo
finalizará el día de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente
convocatoria.
Séptima.

Resolución del concurso.

7.1 Las plazas serán adjudicadas a las personas concursantes de acuerdo con los
baremos de méritos señalados en los anexos I, II y III de esta convocatoria.
7.2 Finalizado el plazo de subsanación de solicitudes, a la vista de las plazas
solicitadas por las personas concursantes, así como de los méritos acreditados por las
mismos, la Directora de la Organización Nacional de Trasplantes aprobará y publicará en
la página web de dicho organismo (www.ont.es) la resolución provisional del concurso.
7.3 De conformidad con lo establecido en los artículos 18.2 y 18.3 del Real
Decreto-ley 1/1999, de 8 de enero, las personas participantes dispondrán de un plazo de
quince días hábiles, a contar desde su publicación, para formular reclamaciones contra
la resolución provisional. Dichas reclamaciones se entenderán rechazadas de no
aparecer admitidas en la resolución definitiva, que se aprobará por la autoridad
convocante y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web de la
Organización Nacional de Trasplantes (www.ont.es).
7.4 La publicación de la resolución definitiva servirá de notificación a las personas
interesadas y a los organismos afectados, iniciándose desde el día siguiente a dicha
publicación, los plazos establecidos para la toma de posesión.
7.5 Las plazas adjudicadas serán irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté
motivada por la obtención de plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de
movilidad voluntaria convocado por otra Administración pública, conforme a lo
establecido en el artículo 37.4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco
del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. En este supuesto, deberá acreditarse
dicha obtención mediante copia del boletín oficial en el que aparezca la adjudicación del
destino o certificado expedido por el centro que acredite que se ha efectuado la toma de
posesión.
Cese y toma de posesión.

8.1 Las personas participantes que obtengan plaza deberán cesar en la que, en su
caso, desempeñen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique
la resolución definitiva de adjudicación del concurso.
8.2 La toma de posesión del nuevo destino deberá efectuarse dentro de los tres
días siguientes al del cese, si las plazas son de la misma localidad y en el plazo de un
mes, si pertenecen a distinta localidad o supongan un cambio de Servicio de Salud. A
estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con
independencia de que sea en condición de destino definitivo, destino provisional o
comisión de servicio. En el caso de obtener plaza en el mismo Centro donde la persona
adjudicataria ocupa una plaza con carácter definitivo o en virtud de comisión de servicios

cve: BOE-A-2024-8394
Verificable en https://www.boe.es

Octava.