III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-8345)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo del Grupo Enagás.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Jueves 25 de abril de 2024

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5. Crédito hipotecario para la adquisición de vivienda habitual: Con independencia
de las condiciones que fije la Entidad Financiera, el importe máximo considerado por la
Dirección será de 36.030,73 euros., con las siguientes subvenciones acumulables:
a) Hasta 30.060,73 euros: Diferencia entre el coste fijado por la Entidad Bancaria y
el 8 %.
b) Por 6.010,12 euros adicionales la Empresa subvenciona un interés máximo
del 2 %, siempre que el coste total del empleado sea igual o superior al 8 %.
c) Serán de cuenta del beneficiario todos los gastos, comisiones, etc., necesarios
para la constitución y cancelación del citado crédito hipotecario.
Se fija como límite máximo a subvencionar por año la cantidad de 601.012,10 euros.
6. La Empresa tratará de gestionar estos beneficios a través de varias entidades
financieras, siempre que las condiciones sean favorables.
7. Las condiciones generales de formalización de los anticipos, préstamos y
créditos, se recogen en el anexo 4.
Artículo 57.

Complemento por incapacidad temporal (I.T.).

En caso de enfermedad o accidente la Empresa pagará hasta el 100 % del sueldo o
salario real.
Artículo 58.

Ayuda por estudios.

Se establece un sistema de ayudas por estudios por curso académico, tanto para los
trabajadores del Grupo Enagás como para sus hijos que realicen estudios.
Su cuantía será:
Ayuda Estudios
Curso Académico

2024

2025

2026

E. Infantil, Primaria, y 1.º y 2.º de ESO.

223,75

227,67

231,09

3.º y 4.º de ESO, FP, Bachiller, Grado y Máster
Universitario.

335,63

341,50

346,62

La ayuda por estudios de idioma para empleados queda establecida en la cuantía
de 155,46 euros para el año 2024; 158,18 euros para el año 2025 y 160,55 euros para
el 2026.
En la correspondiente Comisión Paritaria se adaptará la normativa de aplicación de
las ayudas por estudio, permaneciendo, entre tanto, vigente la normativa actual, en lo
que no se oponga al presente convenio colectivo.

1. La Comisión Paritaria de Asuntos Sociales del Grupo Enagás tendrá
competencia sobre actividades sociales, anticipos, préstamos y créditos, consultas
médicas especiales, sociedades médicas, ayuda de estudios y comedores.
2. La Comisión Paritaria de Asuntos Sociales del Grupo Enagás fomentará la
creación de los grupos de Empresa en aquellos Centros en que sea posible.

cve: BOE-A-2024-8345
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 59. Participación sindical sobre asuntos sociales.