III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-8345)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo del Grupo Enagás.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Jueves 25 de abril de 2024
a.

Sec. III. Pág. 46368

Evaluación anual realizada por el superior jerárquico e innovación.

Esta evaluación tiene como base diferentes competencias identificadas por su
conexión, tanto con las funciones desarrolladas por todos los Grupos Profesionales,
como con los valores y estrategia de la Organización.
Dichas competencias son:

Técnico.

Especialista
Técnico.

Admvo. e
Inform.

S. Aux.

Innovación

Orientación a
resultados

Gestión del negocio

Gestión de
personas

Comunicación

A.
Trabajo en
Alta Cualif. Equipo.

Mejora continua e
innovación.

Orientación a
Resultados.

Análisis y Toma de
Decisiones.

Coordinación de
equipos.

Negociación e
influencia.

B.
General.

Trabajo en
Equipo.

Mejora continua e
innovación.

Orientación a
Resultados.

Análisis y Toma de
Decisiones.

Coordinación de
equipos.

Negociación e
influencia.

A.
MM.II.

Trabajo en
Equipo.

Mejora continua e
innovación.

Orientación a
Resultados.

Análisis y Toma de
Decisiones.

Coordinación de
equipos.

Negociación e
influencia.

B.
General.

Trabajo en
Equipo.

Mejora continua e
innovación.

Orientación a
Resultados.

Análisis y Toma de
Decisiones.

Coordinación de
equipos.

Negociación e
influencia.

A.
Trabajo en
Tco.Aydte. Equipo.

Mejora continua e
innovación.

Orientación a
Resultados.

Análisis y Toma de
Decisiones.

Coordinación de
equipos.

Negociación e
influencia.

B.
General.

Mejora continua e
innovación.

Orientación a
Resultados.

Análisis y Toma de
Decisiones.

Coordinación de
equipos.

Negociación e
influencia.

Trabajo en
Equipo.

A partir de dichas competencias, se establecen criterios de actuación objetivos,
configurados en descripciones de comportamientos observables y basados en la realidad
del trabajo de cada uno de los Grupos Profesionales.
El método que se establece para medir dichos criterios de actuación, es una
evaluación anual, realizada por el Superior Jerárquico de cada participante y referida a la
actuación del personal durante el año objeto de evaluación. Esta evaluación se soporta
en un cuestionario desarrollado y acordado por la Comisión de Desarrollo, y tiene como
base las competencias anteriormente señaladas.
Dicho cuestionario se desglosa en evidencias de conducta, asociadas a las distintas
competencias. El evaluador deberá determinar, de una forma objetiva, la frecuencia con
la que cada conducta se manifiesta en la persona evaluada. Asimismo, con el objetivo de
fomentar una participación directa en el proceso por parte del evaluado, el sistema
contempla la cumplimentación de un cuestionario de autoevaluación por parte del
evaluado, de forma que éste pueda compartir su visión con respecto a su actuación
anual con su evaluador. Adicionalmente, de cara a garantizar esa participación y una
mayor transparencia en el proceso, evaluador y evaluado mantendrán una reunión de
evaluación anual, donde comentar de forma conjunta la actuación desarrollada por el
empleado durante el año y generar de este modo una evaluación final consensuada y
acordada por ambas partes.
En caso de situación de no conformidad con la evaluación entre las partes, la
Comisión Paritaria de Desarrollo será el órgano responsable de analizar y resolver el
desacuerdo, garantizando los criterios de objetividad y equidad en la aplicación del
Sistema.
Por último, dentro de este elemento del sistema, aquellos empleados que tengan una
participación directa y activa en propuestas de innovación y/o mejora continua
destacadas, obtendrán una puntuación adicional de acuerdo al Procedimiento de
Funcionamiento establecido, como reconocimiento por su esfuerzo y dedicación
adicional al desarrollo de la compañía.

cve: BOE-A-2024-8345
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Trabajo en
equipo