III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-8345)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo del Grupo Enagás.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Jueves 25 de abril de 2024
Sec. III. Pág. 46360
Tabla V
Gratificación jornada irregular
Año
Euros/Paga.
3.4
2024
2025
2026
278,89
283,77
288,03
Plus de trabajo en festivo.
Se establece para el personal a turnos en ciclo continuo y descanso entre semana,
por cada festivo no domingo realmente trabajado.
Su cuantía, una vez aplicados los incrementos pactados en el artículo 18, figura en la
tabla VI.
Tabla VI
Plus por día festivo trabajado
2024
(Euros/Día)
2025
(Euros/Día)
2026
(Euros/Día)
– Especialistas Técnicos Mandos Intermedios y
Ayudantes Jefe Turno.
364,69
371,07
376,64
– Especialistas Técnicos General.
235,93
240,06
243,66
Año
3.5
Quebranto de moneda.
Se establecen las cantidades que se detallan en la Tabla VII por quebranto de
moneda a los trabajadores que desempeñan el puesto de Cajero en Madrid, Plantas de
Regasificación, Almacenamientos Subterráneos y Centros de Transporte y para aquéllos
que entre sus funciones realicen tareas de caja en el resto de los centros de la Empresa.
El importe correspondiente se abonará en 16 pagas.
Su cuantía, una vez aplicados los incrementos pactados en el artículo 18, figura en la
tabla VII.
Tabla VII
Quebranto de Moneda
2024
(Euros/Paga)
2025
(Euros/Paga)
2026
(Euros/Paga)
Madrid, Plantas, AA,SS, CT con 3 o más centros.
220,70
224,56
227,93
CT con 1 o dos centros.
110,30
112,23
113,91
Año
Pluses vinculados a la instalación marina (plataforma):
El tiempo de espera que exceda de treinta minutos desde la hora de salida prevista
del aeropuerto a la hora de salida efectiva hacia la instalación marina tendrá la
consideración de tiempo de trabajo efectivo.
3.6.1
Plus de trabajo en instalación marina.
Plus estancia día en Plataforma (07:00 a 19:00 horas).
Por cada día en la instalación marina el empleado percibirá un complemento
de 32,63 euros brutos/día, para el año 2024.
cve: BOE-A-2024-8345
Verificable en https://www.boe.es
3.6
Núm. 101
Jueves 25 de abril de 2024
Sec. III. Pág. 46360
Tabla V
Gratificación jornada irregular
Año
Euros/Paga.
3.4
2024
2025
2026
278,89
283,77
288,03
Plus de trabajo en festivo.
Se establece para el personal a turnos en ciclo continuo y descanso entre semana,
por cada festivo no domingo realmente trabajado.
Su cuantía, una vez aplicados los incrementos pactados en el artículo 18, figura en la
tabla VI.
Tabla VI
Plus por día festivo trabajado
2024
(Euros/Día)
2025
(Euros/Día)
2026
(Euros/Día)
– Especialistas Técnicos Mandos Intermedios y
Ayudantes Jefe Turno.
364,69
371,07
376,64
– Especialistas Técnicos General.
235,93
240,06
243,66
Año
3.5
Quebranto de moneda.
Se establecen las cantidades que se detallan en la Tabla VII por quebranto de
moneda a los trabajadores que desempeñan el puesto de Cajero en Madrid, Plantas de
Regasificación, Almacenamientos Subterráneos y Centros de Transporte y para aquéllos
que entre sus funciones realicen tareas de caja en el resto de los centros de la Empresa.
El importe correspondiente se abonará en 16 pagas.
Su cuantía, una vez aplicados los incrementos pactados en el artículo 18, figura en la
tabla VII.
Tabla VII
Quebranto de Moneda
2024
(Euros/Paga)
2025
(Euros/Paga)
2026
(Euros/Paga)
Madrid, Plantas, AA,SS, CT con 3 o más centros.
220,70
224,56
227,93
CT con 1 o dos centros.
110,30
112,23
113,91
Año
Pluses vinculados a la instalación marina (plataforma):
El tiempo de espera que exceda de treinta minutos desde la hora de salida prevista
del aeropuerto a la hora de salida efectiva hacia la instalación marina tendrá la
consideración de tiempo de trabajo efectivo.
3.6.1
Plus de trabajo en instalación marina.
Plus estancia día en Plataforma (07:00 a 19:00 horas).
Por cada día en la instalación marina el empleado percibirá un complemento
de 32,63 euros brutos/día, para el año 2024.
cve: BOE-A-2024-8345
Verificable en https://www.boe.es
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