III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-8344)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo WFS Ground Handling.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Jueves 25 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 46322

La programación de las vacaciones para los fijos discontinuos se llevará a cabo al
inicio del llamamiento estableciéndose por la Empresa los cupos disponibles a esos
efectos.
En el caso de los trabajadores con contrato temporal, la programación de las
vacaciones se realizará al inicio de su contrato en función de los cupos disponibles en
ese momento.
Artículo 32.

Procedimiento para la elección del periodo de vacaciones.

La Empresa establecerá los cupos de vacaciones, dentro de cada cuadrante, en
función de las necesidades productivas.
Salvo que se establezca otro sistema de común acuerdo entre Dirección y el Comité
de Empresa del centro de trabajo, el orden de preferencia para la elección de vacaciones
se fijará por el sistema de puntos. A este fin, se asignará a cada día de vacación
efectivamente disfrutado, el número de puntos que correspondan a cada mes del año,
según el baremo que se indica a continuación:
Puntos

Enero (1 al 8).

8

Enero (9 al 31).

0

Febrero.

0

Marzo.

2

Abril.

4

Mayo.

5

Junio.

7

Julio.

11

Agosto.

12

Septiembre (1 al 15).

10

Septiembre (16 al 30).

9

Octubre.

6

Noviembre.

0

Diciembre (1 al 15).

3

Diciembre (16 al 31).

8

No obstante, esta valoración podrá ser modificada en función de las características
de cada Base.
Adicionalmente, todos los días de la Semana Santa se considerarán puntuables
con 8 puntos y todos los «puentes» del año con 2 puntos. Estos puntos adicionales
serán sumados a los que correspondan según el mes en que se disfruten.
Finalizado el ciclo de vacaciones, cada trabajador habrá hecho uso de un número de
puntos determinados.
El orden de preferencia para el ciclo siguiente será inverso al del número de puntos
utilizados, y así sucesivamente en años posteriores.
En caso de igualdad en la puntuación, el orden de preferencia será el inverso al
número de puntos utilizados en el año inmediato anterior o de persistir la igualdad, el
siguiente anterior.
Aquellos trabajadores que no hayan disfrutado de ningún día de vacaciones en el
año natural anterior por cualquier causa elegirán en último lugar, ordenándose estos

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