III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-8347)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Estudio informativo de la variante sur ferroviaria de Bilbao. Fase 1".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Jueves 25 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 46441

Geomorfología y suelo:
(21) Se llevará a cabo la delimitación estricta de los perímetros de obra mediante
jalonamiento temporal, utilizando cerramientos rígidos en las zonas de mayor valor
ambiental y, en el entorno de las áreas habitadas, se utilizarán pantallas acústicas
móviles, que se irán trasladando a medida que avance la obra.
(22) Durante la redacción del proyecto constructivo se elaborará un estudio de
detalle de los posibles riesgos geotécnicos (como pueden ser: cruce de filones, de

cve: BOE-A-2024-8347
Verificable en https://www.boe.es

(11) Cambio climático: Los proyectos constructivos darán cumplimiento a la Norma
de Adif «Metodología para el análisis del riesgo y adaptación a los efectos del cambio
climático» y tendrán en cuenta en el diseño el documento «Orientaciones técnicas sobre
la defensa contra el cambio climático de las infraestructuras para el periodo 2021-2027».
(12) En el proyecto de construcción se deberá garantizar que, durante la fase de
construcción y de funcionamiento, se cumplan los niveles de inmisión y los objetivos de
calidad acústica establecidos en la legislación vigente y, en caso de que se superen los
valores admisibles, se establecerán las medidas complementarias necesarias para su
cumplimiento.
(13) Los proyectos constructivos incluirán un estudio acústico de detalle que
modelice las emisiones de ruido en fase de obra una vez se conozca la ubicación de las
áreas auxiliares. En cualquier caso, en el entorno de áreas habitadas se instalarán
pantallas acústicas móviles, que se irán trasladando a medida que avance la obra.
(14) Los proyectos constructivos incluirán estudios acústicos de mayor detalle para
la fase de explotación en cada tramo, que verifiquen los resultados obtenidos en el
estudio de ruido del EsIA y garanticen el cumplimiento de los objetivos de calidad
acústica y la no superación de los valores límites legalmente preceptuados, con la
participación de los ayuntamientos afectados y en coordinación con los planes de acción
municipales contra la contaminación acústica, integrando el diseño y ajuste final de las
medidas de protección acústica.
(15) Si los resultados de los estudios acústicos de detalle reflejasen el
incumplimiento de los objetivos de calidad acústica o los valores límites de inmisión,
incluso tras la implementación de pantallas acústicas, deberán proponerse otras
soluciones y, en último caso, medidas para el aislamiento acústico de las edificaciones
que vean superados los límites correspondientes.
(16) En fase de proyecto de construcción, se analizará con detalle el posible
impacto por deslumbramientos y molestias a los habitantes de las edificaciones próximas
debido a las luces de los trenes que circulan por la nueva línea férrea disponiendo
pantallas (preferentemente vegetales) en aquellos puntos en los que sea necesario. Para
su definición se tendrán en cuenta las pantallas acústicas finalmente proyectadas.
(17) El promotor deberá proceder a la reposición de las vías deterioradas, en
previsión de los desperfectos que podrían sufrir las infraestructuras viarias como
consecuencia del aumento de tráfico pesado.
(18) Durante la redacción de los proyectos constructivos, se elaborará un estudio
detallado de los efectos potenciales de las vibraciones generadas en fase de obra por la
construcción de los túneles (tuneladora, voladuras, demoliciones, etc.), falsos túneles y
cimentaciones. En función de los resultados de este estudio, los correspondientes
proyectos constructivos incorporarán medidas preventivas y correctoras detalladas.
(19) Los proyectos constructivos incluirán estudios de vibraciones de mayor detalle
para la fase de explotación en cada tramo, que verifiquen los resultados obtenidos en el
estudio de vibraciones del EsIA y garanticen el cumplimiento de los valores límite
legalmente preceptuados, integrando el diseño y ajuste final de las medidas de
correctoras necesarias (se han previsto mantas elastoméricas y empleo de
amortiguadores).
(20) Al finalizar los trabajos, se repondrán todos los servicios afectados por el
proyecto.