III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-8347)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Estudio informativo de la variante sur ferroviaria de Bilbao. Fase 1".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 25 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 46434

El promotor, en su respuesta, adjunta informe de afección sobre la fauna, en el que
propone realizar dos traslocaciones aguas arriba del río de los ejemplares de pez
espinoso. Asimismo, plantea una serie de medidas preventivas, correctoras y
compensatorias encaminadas a proteger al pez espinoso y al visón europeo,
garantizando un hábitat adecuado durante la ejecución de las obras para, una vez
finalizadas éstas, conservar la calidad de las aguas y recuperar zonas propicias para la
presencia de estas especies. Entre las medidas propuestas destacan: la restauración del
bosque de ribera en espacios no afectados por las obras; la generación de un canal de
alivio del fondo de la presa con el fin de que la apertura del dren de fondo no genere
arrastres de lodos que afecten negativamente al hábitat del pez espinoso; la eliminación
de especies vegetales invasoras; la creación de un humedal para potenciar la presencia
de anfibios y aves acuáticas; y la recuperación de hábitats para especies protegidas,
como el visón europeo.
Los informes del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación
Foral de Bizkaia, en relación con la documentación adicional, manifiestan que no se
aportan nuevos datos que garanticen la ausencia de impactos permanentes sobre la
población del pez espinoso presente en ese tramo fluvial y mantienen que la única
alternativa del proyecto compatible con el Plan de Gestión del pez Espinoso es la
alternativa 1 (cruce en viaducto del río Castaños).
El Ayuntamiento de Barakaldo encarga el «Estudio de la repercusión medioambiental
por la existencia de pez espinoso y posibles condicionantes en las alternativas del
Estudio informativo de la VSF de Bilbao, Fase 1. Variante Ortuella», como análisis
específico de la problemática asociada a las afecciones de la alternativa 2 sobre el
hábitat del pez espinoso en el río Castaños y lo remitió a la Dirección de Infraestructuras
de Transporte del Gobierno Vasco (en noviembre 2022) que a su vez lo remitió a la
Diputación Foral de Bizkaia (Dirección General de Medio Ambiente) para que fuera
informado. Este estudio contempla un análisis completo sobre la descripción, afecciones
e impactos del proyecto sobre el estado general de la masa de agua y sobre la bilogía y
amenazas del pez en el Castaños. Además, expone las diferentes fases de ejecución del
soterramiento, planteadas para un periodo de tres años.
− Fase 0: Excavación de un cauce provisional en la margen derecha para desvío del río.
− Fase 1: Desvío del río por este cauce provisional mientras se procede a la
excavación del falso túnel.
− Fase 2: Construcción de un nuevo cauce sobre el falso túnel, y restitución del río
Castaños a su cauce original.
− Fase 3: Reposición del terreno original sobre el dintel del falso túnel y
reacondicionamiento definitivo del nuevo cauce del río Castaños a su actual trazado,
mediante su reconexión al cauce original aguas arriba y aguas abajo de la zona de
excavación.
El estudio concluye que el pez espinoso no estaría presente en el tramo fluvial
directamente afectado por la construcción del falso túnel y, por tanto, considera
compatible la ejecución del proyecto siempre y cuando se apliquen las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias.
El 15 de junio de 2023, el Servicio de Patrimonio Natural del Departamento de
Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia, emite un cuarto informe
tras recibir el nuevo estudio encargado por el Ayuntamiento de Barakaldo, que concluye
que el proyecto sigue sin ser acorde con los objetivos de conservación del Plan de
Gestión del pez Espinoso.
Tras el análisis técnico del expediente por parte del órgano ambiental, se añaden
condiciones a la presente resolución para garantizar la adecuada protección de la fauna.
b.6) Espacios Naturales Protegidos y Red Natura 2000. El impacto sobre la Red
Natura es nulo ya que ninguno de los espacios más próximos (ZEC ES2130003 «Ría del
Barbadún» y ZEPA ES0000144 «Ría de Urdaibai») se verá afectado de forma directa o
indirecta por el trazado del proyecto. Además, el ámbito seleccionado para la

cve: BOE-A-2024-8347
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Núm. 101