III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-8348)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Estudio informativo de la conexión en ancho estándar de la línea Zaragoza-Canfranc-Pau con plataforma logística de Zaragoza Plaza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Jueves 25 de abril de 2024
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Sec. III. Pág. 46461

Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000.

El EsIA informa que el espacio más próximo es la Reserva Natural Dirigida de los
Sotos y Galachos del Ebro (Cd. ENP204), espacio de la Red Natural de Aragón próximo
a la ciudad de Zaragoza, situado a unos 200 m de la zona de actuación y separado por
la carretera N-232.
El EsIA recoge un apartado específico de repercusiones sobre la Red Natura 2000
que indica que el proyecto no es coincidente con ningún espacio de la citada red y
recoge los espacios situados en un radio cercano al corredor, siendo los más próximos el
ZEC ES2430152 «Galachos de la Alfranca de Pastriz, la Cartuja y el Burgo de Ebro»
situado a 580 m y la ZEPA ES0000138 «Galachos de la Alfranca de Pastriz, la Cartuja y
el Burgo de Ebro» a 750 m. El apartado concluye que, debido a la distancia, no se
producirán afecciones de ningún tipo sobre los espacios Red Natura 2000, por lo que no
es preciso realizar un estudio específico de afecciones.
El INAGA coincide en la identificación de los espacios mencionados como los más
próximos, informando que se deberá asegurar que la totalidad de las actuaciones a
realizar son compatibles con los Planes Básicos de Gestión y Conservación de las Zonas
de Especial Conservación y de las Zonas de Especial Protección para las Aves de la Red
Natura 2000 en Aragón.
Suelo, subsuelo y geodiversidad.

Según el EsIA, el tramo sur del recorrido del proyecto discurre a través de sustrato
yesífero que ha sido erosionado hasta convertir el área en una sucesión alomada de
relieve suavizado, separado por estrechos e irregulares fondos de valle planos con
acumulación reciente de sedimentos, que marcan la fina red de drenaje de la zona
dirigida hacia el río Ebro o hacia el río Huerva. El trazado del proyecto en el sector este
se adentra en las terrazas altas del río Ebro y en depósitos aluviales más recientes.
La actuación se sitúa junto a la vía férrea actual, donde en los primeros metros,
alrededor de 1 m en las zonas más estrechas y de 2 a 5 m en los tramos de plataforma
más elevada y ancha, el suelo ha sido retirado para ubicar la base de plataforma
ferroviaria. La zona inmediata a esta plataforma conserva su suelo original.
Respecto a la presencia de posibles Lugares de Interés Geológico (LIG), el más
cercano es el LIG ARA065 «Galachos de la Alfranca, Pastriz y El Burgo», que se localiza
en la Reserva Natural de los Galachos, y situado a más de 1 km del extremo más
oriental del trazado, por lo que el EsIA considera que no resultará afectado.
Durante la fase de obras, se producirán cambios geomorfológicos debidos a la
ampliación de la plataforma ferroviaria existente en los Tramos 3 y 4, así como por la
construcción de un nuevo trazado en la última parte del Tramo 3. Como consecuencia,
se ampliarán tanto los terraplenes como los desmontes existentes al norte en el Tramo 3
y al este en el Tramo 4, y se crea un nuevo terraplén de 0,7 km de longitud en la parte
final del Tramo 3. El movimiento de tierras estimado, incluyendo la compensación de
tierras en la propia obra, es de 282.202,90 m3 de material a vertedero y 195.414,10 m3
de material procedente de canteras o préstamos. Se prevé la retirada de 66.734,30 m3
de tierra vegetal, que se aprovechará para realizar la restauración ecológica y
paisajística del proyecto. Durante la fase de funcionamiento, no se prevén afecciones
sobre el suelo o geodiversidad.
El EsIA informa que todos los materiales necesarios para la ejecución de las obras
se obtendrán de canteras debidamente legalizadas y no se prevé la apertura de nuevos
vertederos. Se realizará el empleo de tierras como relleno en obras ya existentes para su
restauración, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en la Orden
APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de
materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras
distintas a aquéllas en las que se generaron.
El EsIA propone reducir al mínimo posible la ocupación temporal con la delimitación
de perímetros de obra. La retirada de la tierra vegetal de la zona de instalaciones

cve: BOE-A-2024-8348
Verificable en https://www.boe.es

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