III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-8271)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convoca la concesión de ayudas asistenciales para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Miércoles 24 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 46132

b) Declaración responsable suscrita por la persona solicitante de la prestación
relativa a los rendimientos netos del año 2022 respecto a los conceptos: rendimientos del
trabajo, rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales, subvenciones por
adquisición de vivienda de protección oficial o de precio tasado, rentas inmobiliarias y
otros posibles ingresos. MUFACE facilitará el impreso (modelo DPS 34911) de
declaración en su página web y en sus Servicios Provinciales.
3.6

Documentación justificativa de otros ingresos.

Declaración responsable de pensiones y prestaciones de la unidad de convivencia,
formulada por la persona interesada, en el impreso (modelo DPS 34912) que MUFACE
facilitará en su página web y en sus Servicios Provinciales.
En caso de percibir alguna de tales pensiones o prestaciones, deberán aportarse las
certificaciones expedidas por las Entidades a que corresponda acreditar los siguientes
ingresos del año 2022:
a) Pensiones o prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o
por las entidades que la sustituyan como consecuencia de incapacidad permanente
absoluta o gran invalidez o reconocidas en sentido equivalente por el Régimen de Clases
Pasivas del Estado.
b) Pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del Régimen de Clases
Pasivas del Estado.
c) Ayudas para prótesis.
d) Prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria.
e) Becas y ayudas al estudio.
f) Ayuda de sepelio.
g) Ayudas económicas en los casos de parto múltiple.
h) Otras pensiones o prestaciones recibidas a través de cualquier régimen público
de Seguridad Social, que tuvieran el carácter de exentas o no estuvieran sujetas a
tributación por IRPF.
En su defecto, se autorizará a esta mutualidad a recabar electrónicamente los datos
de pensiones o prestaciones públicas (GISS) en el Registro de Prestaciones Sociales
Públicas (RPSP) mediante consentimiento de las personas afectadas. Dicha autorización
podrá ser suscrita en el apartado reservado a estos efectos que figura en el impreso
(modelo DPS 14001) de solicitud de ayuda asistencial.
3.7

Documentos justificativos de la unidad de convivencia.

cve: BOE-A-2024-8271
Verificable en https://www.boe.es

Si alguna de las personas que forma parte de la unidad de convivencia no aparece
como beneficiaria de MUFACE, ya sea a través de la persona que solicita la ayuda, de
su cónyuge o de la persona asimilada al cónyuge, deberá aportar copia del documento
de otro régimen público de Seguridad Social en el que figuren todas las personas
beneficiarias a cargo del cónyuge o persona asimilada.
No obstante, MUFACE podrá recabar electrónicamente a través de la Plataforma de
Intermediación de Datos (artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) datos de
identidad y de residencia, salvo que la persona interesada manifieste su oposición
expresa y justificada.