II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-8231)
Resolución de 12 de abril de 2024, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo, Grupos II y III.
50 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Miércoles 24 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 45886

ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de los aspirantes para el desempeño de
las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan. El tiempo máximo que
podrá otorgar el Tribunal para la realización del ejercicio será de 90 minutos.
Los cuestionarios incluirán un 10 % de preguntas adicionales de reserva a fin de
sustituir sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el cuestionario,
aquellas correspondientes que pudieran ser objeto de anulación.
El ejercicio se calificará sobre un máximo de cuarenta puntos que equivaldrán al
número máximo de preguntas válidas de las que conste el cuestionario. Las preguntas
contestadas incorrectamente serán objeto de penalización en 1/3 del valor de la
respuesta correcta, redondeándose a la centésima el resultado total de esta
penalización. Las preguntas no contestadas no penalizarán.
Será necesario para superar la prueba el haber obtenido un mínimo de veinte puntos.
Corresponde al Tribunal Calificador la fijación del número de preguntas válidamente
contestadas para ser calificado con veinte puntos para superar la prueba, todo ello a la
vista de la dificultad del ejercicio propuesto, número de plazas a proveer, número de
aspirantes y grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente
exigible para el acceso a cada categoría.
El resto de aspirantes que no superen la prueba serán calificados como no aptos/as,
siendo eliminados del proceso selectivo.
5.1.2

Segundo Ejercicio.

Práctico, consistirá en la realización de un máximo de tres pruebas prácticas o
supuestos prácticos relacionados con el temario y las funciones del puesto de trabajo.
El tiempo máximo que podrá concederse para la realización del ejercicio será de
cuatro horas.
El ejercicio se calificará sobre un máximo de cuarenta puntos. Será necesario para
superar la prueba el haber obtenido un mínimo de veinte puntos.
Corresponde al Tribunal Calificador la fijación del nivel mínimo de aptitud necesario
para ser calificado con veinte puntos para superar la prueba, todo ello a la vista de la
dificultad del ejercicio propuesto, número de plazas a proveer, número de aspirantes y
grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente exigible para el
acceso a cada categoría.
El resto de aspirantes que no superen la prueba serán calificados/as como no
aptos/as, siendo eliminados/as del proceso selectivo.
5.2

Fase de Concurso:

Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará para su cómputo como
fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación
en el presente proceso de selección.
El baremo para la valoración de los méritos alegados será el siguiente:
a)

Experiencia profesional: hasta un máximo de 17,5 puntos.

– 0,006 puntos por día trabajado en puestos iguales en la Universidad de Valladolid.
– 0,003 puntos por día trabajado en puestos similares en otras administraciones
públicas, entendidas estas según lo previsto en el artículo 2.1 del TREBEP, o bien en la
Universidad de Valladolid. Para otras Administraciones Públicas, se considerarán

cve: BOE-A-2024-8231
Verificable en https://www.boe.es

5.2.1 Finalizada la Fase de Oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan solo
participarán en esta Fase aquellas personas aspirantes que hayan superado la Fase de
Oposición. En ningún caso, los puntos obtenidos en esta Fase podrán ser computados
para superar la prueba que se haya realizado en la Fase de Oposición. La valoración de
los méritos en esta Fase, que figura en la base 5.2.2, no podrá superar el 20 % de la
puntuación máxima total del concurso-oposición.
5.2.2 Baremación de méritos.