I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-8194)
Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Miércoles 24 de abril de 2024

Sec. I. Pág. 45777

b) La Subdirección General de Coordinación y Gestión, que asume las funciones
incluidas en la letra f) del apartado 1.
c) El Gabinete Técnico, con nivel orgánico de subdirección general, como órgano
de apoyo y asistencia inmediata a la persona titular de la Secretaría General que,
además, asume las funciones incluidas en las letras g) y h) del apartado 1.
4. Asimismo, depende de la Secretaría General del Tesoro y Financiación
Internacional, con el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de
trabajo, la División de Apoyo Técnico y Asesoramiento de los instrumentos financieros de
la Adenda del Plan de Recuperación, que asume las funciones incluidas en la letra i) del
apartado 1.
5. Para el asesoramiento jurídico de la Secretaría General del Tesoro y
Financiación Internacional existe una Abogacía del Estado integrada orgánicamente en
la del departamento.
6. En la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional existe una
Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado con
nivel orgánico de subdirección general.
Artículo 4.

Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

1. La Dirección General del Tesoro y Política Financiera ejerce las funciones que le
atribuye el artículo 66 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en el ámbito de sus
competencias, y en particular las siguientes:
a) La gestión de los registros oficiales de instituciones, entidades y mercados
financieros que le esté encomendada, la tramitación de las autorizaciones relativas a
instituciones, entidades y mercados financieros, las funciones de gestión y control previo
de actividades en los mercados financieros que le estén atribuidas, así como el análisis y
seguimiento de la evolución de las instituciones y mercados financieros y la propuesta de
ordenación de estos.
b) Las de inspección financiera que le estén atribuidas.
c) La dirección, desarrollo y ordenación de la política financiera y su regulación, con
la elaboración y tramitación de las disposiciones relativas a:

d) La representación del Reino de España en el Comité Europeo Bancario, en el
Comité Europeo de Valores, en el Comité Europeo de Conglomerados Financieros y en
los grupos de trabajo que dependan de ellos, así como en los Comités Técnicos de la
Unión Europea, o de otras organizaciones o conferencias internacionales en materia de
entidades de crédito, mercados financieros, instituciones de inversión colectiva y otras
materias financieras en el marco de las competencias de la Secretaría General del Tesoro
y Financiación Internacional. Asimismo, el seguimiento de las políticas y actuaciones de la
Autoridad Bancaria Europea y de la Autoridad Europea de Mercados y Valores.
e) Las atribuidas al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa por la normativa
de recuperación y resolución de entidades de crédito, empresas de servicios de inversión
y cámaras de contrapartida central, incluyendo las referidas a los colegios de resolución,
el seguimiento de la actuación del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de

cve: BOE-A-2024-8194
Verificable en https://www.boe.es

1.º Las entidades financieras y de crédito, los mercados de valores e instrumentos
financieros, las instituciones de inversión colectiva.
2.º La defensa y protección de los usuarios de servicios financieros.
3.º La prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, los
movimientos de capitales y el régimen sancionador en materia de transacciones
económicas con el exterior, salvo las disposiciones relativas a inversiones exteriores.
4.º El régimen de las sociedades cotizadas y del buen gobierno corporativo.
5.º La transición ecológica a través de las finanzas sostenibles y la innovación y
digitalización a través de las finanzas digitales, incluyendo entidades, sistemas e
instrumentos de pago.