I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-8194)
Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de abril de 2024

Sec. I. Pág. 45789

Interministerial Reguladora del Comercio Exterior de Material de Defensa y Doble Uso
(JIMDDU).
8. Corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de Comercio la tutela
y la supervisión de la gestión del instrumento de cobertura por cuenta del Estado de los
riesgos de la internacionalización de la economía española, de acuerdo con la normativa
vigente en esta materia y de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la
exportación (CESCE).
9. Las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio, reguladas por el Real
Decreto 1456/2005, de 2 de diciembre, por el que se regulan las Direcciones Territoriales
y Provinciales de Comercio, dependen, orgánicamente, del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa a través de la Secretaría de Estado de Comercio y, funcionalmente,
de los órganos superiores o directivos del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
por razón de las materias objeto de su actuación.
En lo que se refiere a las actuaciones del ICEX en las diferentes demarcaciones
territoriales, éstas se canalizan a través de las Direcciones Territoriales y Provinciales de
Comercio, bajo las directrices de la Secretaría de Estado de Comercio. Así, los
Directores Territoriales y Provinciales de Comercio ejercen como directores del ICEX en
sus respectivas demarcaciones territoriales y asumen funcionalmente las labores de
dirección, ejecución y coordinación de dichas actuaciones.
10. Las Oficinas Económicas y Comerciales en el exterior dependen orgánicamente
de este Ministerio a través de la Secretaría de Estado de Comercio y, funcionalmente, de
los órganos superiores o directivos de este Ministerio por razón de las materias objeto de
su actuación. Todo ello sin perjuicio de la dependencia jerárquica de los Jefes de la
Misión Diplomática respectiva. Su organización y funciones son las establecidas en el
Real Decreto 2827/1998, de 23 de diciembre, de organización, funciones y provisión de
puestos de trabajo de las Consejerías y Agregadurías de Economía y Comercio en las
Misiones Diplomáticas de España.
Su actuación se centra en el apoyo a la política del Departamento en materia de
Comercio Exterior, con tres objetivos esenciales:
a) Contribuir a informar y desarrollar la política económica y comercial.
b) Desarrollar tareas de seguimiento y análisis de oportunidades para empresas
españolas en el país de destino, así como actividades de promoción comercial, en el
marco de la política de apoyo a la internacionalización de la empresa.
c) Realizar labores de información y asistencia a los operadores económicos
españoles.
Para el cumplimiento de estos objetivos, y en lo que se refiere a las actuaciones del
ICEX en el exterior, éstas se canalizan a través de las Oficinas Económicas y
Comerciales, bajo las directrices de la Secretaría de Estado de Comercio. Así, los
Consejeros Económicos y Comerciales o, en su caso, los Agregados Comerciales,
ejercen como directores del ICEX en sus respectivas demarcaciones territoriales y
asumen funcionalmente las labores de dirección, ejecución y coordinación de dichas
actuaciones.
11. La Inspección General del Ministerio de Hacienda depende funcionalmente de
la persona titular de la Secretaría de Estado de Comercio para el ejercicio de sus
competencias respecto de órganos y materias del ámbito de atribuciones de dicha
Secretaría de Estado.

cve: BOE-A-2024-8194
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Núm. 100