I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-8194)
Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de abril de 2024
5.ª La realización de predicciones
evolución del sector exterior español y
internacionalización.
6.ª El desarrollo de las estadísticas
minorista.
7.ª La promoción y la realización
distribución y las estructuras comerciales.

Sec. I. Pág. 45788

económicas e informes periódicos sobre la
los sectores económicos en relación con su
relativas al sector de la distribución comercial
de investigaciones y de estudios sobre la

b) La Subdirección General de Estrategia Comercial y Seguridad Económica ejerce
las siguientes funciones:
1.ª La colaboración en inteligencia económica y comercial sectorial, con los
departamentos y organismos que tengan atribuidas las correspondientes competencias
en la legislación española.
2.ª El diseño, coordinación y seguimiento de la estrategia de internacionalización.
En concreto, coordinará las funciones señaladas en el artículo 10 apartado 1 letras a)
y b), coordinando, para ello, las aportaciones de las subdirecciones que figuran en las
letras b), c) y d) del artículo 10 apartado 2. Asimismo, ejercerá la secretaría del Grupo de
Trabajo Interministerial sobre Apoyo a la Internacionalización de la Empresa Española y
del Consejo Interterritorial de Internacionalización.
3.ª El diseño y seguimiento de la estrategia para la participación de empresas
españolas en licitaciones internacionales, sin perjuicio de las competencias de otros
centros directivos y departamentos ministeriales.
4.ª La tramitación del procedimiento para el reconocimiento oficial, la tutela y la
relación con las Cámaras de Comercio Españolas en el Extranjero, en los términos que
están dispuestos en el Real Decreto 1179/2020, de 30 de diciembre, por el que se
establece el marco del reconocimiento oficial de las Cámaras de Comercio Españolas en
el extranjero, así como la gestión de las medidas de fomento de las mismas.
5.ª La tutela, en coordinación con ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P.,
sobre las actividades de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y
Navegación y de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de
España, relativas a la internacionalización.
6.ª El impulso a la actividad de las asociaciones profesionales vinculadas al ámbito
de actuación de la Secretaría de Estado de Comercio respecto de las cuales el
ordenamiento atribuye a este Ministerio facultades administrativas de control y tutela.
7.ª La gestión del régimen de colaboración y ayudas a las asociaciones y
federaciones de exportadores, así como el reconocimiento de las asociaciones y
federaciones de exportadores de acuerdo con lo dispuesto en la Orden ITC/3690/2005,
de 22 de noviembre, por la que se regula el régimen de colaboración entre la
Administración General del Estado y las Asociaciones y Federaciones de Exportadores.
8.ª La determinación del programa de trabajo sectorial de la Dirección General de
Comercio e Inversiones y la Dirección General de Política Comercial en los sectores de
Industria, Energía. Tecnología, Infraestructuras, Servicios, Comercio Digital y Agricultura;
sin perjuicio de las competencias de otros departamentos.
5. Para el asesoramiento jurídico de la Secretaría de Estado de Comercio existe
una Abogacía del Estado, integrada, orgánicamente, en la del Departamento.
6. Se adscribe al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, a través de la
Secretaría de Estado de Comercio, ICEX, España Exportación e Inversiones, E.P.E.,
cuya presidencia ostenta la persona titular de dicha Secretaría de Estado.
7. Dependen, además, directamente de la persona titular de la Secretaría de
Estado de Comercio, cuyas presidencias ostenta, la Junta Superior Arancelaria, la
Comisión Interministerial de coordinación de la participación española en la Conferencia
de las Naciones Unidas para el Comercio y Desarrollo (CI UNCTAD), la Comisión
interministerial para las negociaciones en la Organización Mundial de Comercio
(CIOMC), la Comisión de Riesgos por cuenta del Estado (CRE), así como la Junta

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