I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-8194)
Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de abril de 2024

Sec. I. Pág. 45782

societario y del sistema sanitario, así como la participación en la Comisión Interministerial
de Precios de Medicamentos. Y, también, la elaboración de estudios, informes y
propuestas de actuación en estos ámbitos en coordinación con los ministerios sectoriales
competentes.
g) El estudio, análisis e iniciativa de propuestas de reforma de la regulación de las
reservas de actividad, las profesiones reguladas y los colegios profesionales.
h) El estudio, análisis y propuesta de las actuaciones dirigidas a mejorar en España
el tratamiento de la insolvencia.
i) El impulso y coordinación de las iniciativas orientadas a la mejora del clima de
negocios en general, incluyendo especialmente iniciativas orientadas a la creación y
crecimiento empresarial, así como de atracción de talento a la economía española, sin
perjuicio de la colaboración y coordinación con otros departamentos ministeriales
competentes. También le corresponde la formulación de propuestas para su reforma e
informe de las presentadas por otros departamentos, así como la representación
internacional del Reino de España en este ámbito.
j) La vigilancia de la coherencia de las políticas económicas sectoriales con la
política económica general, apoyando la coordinación de las diferentes políticas
sectoriales.
k) El análisis y la elaboración de informes sobre propuestas normativas y de
actuación con impacto económico, entre otros, en los ámbitos siguientes:
telecomunicaciones, digitalización, audiovisual y sector postal, sector energético,
transportes, infraestructuras, vivienda y suelo, industria, comercio y apoyo a la
internacionalización, transición ecológica, ciencia e innovación, patentes, turismo y otros
sectores que impacten en la productividad y competitividad de la economía como pueden
ser, especialmente, aquellos que se encuadran en la denominada economía colaborativa,
así como las cuestiones relacionadas con el reto demográfico, para analizar su incidencia
en la política económica general. En particular, en el ámbito de las telecomunicaciones y
de acuerdo con la normativa sectorial vigente, la emisión de informes preceptivos sobre la
definición y análisis de mercados de comunicaciones electrónicas y la valoración de la
asequibilidad de los precios incluidos en el servicio universal.
l) La elaboración de informes y estudios, y el análisis de la incidencia en la política
económica general de las propuestas normativas relativas a tarifas, peajes, cánones,
tasas, precios regulados u otros precios del sector público con implicaciones sobre el
nivel general de precios.
m) La preparación, coordinación, tramitación y supervisión de las instrucciones que,
conforme al Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en
materia presupuestaria, tributaria y financiera, el Gobierno da al ICO.
n) El estudio del ciclo de vida empresarial, incluyendo las empresas de base
tecnológica de nueva creación (start-up) y, cuando sea apropiado, los trabajadores
autónomos. En este contexto, el análisis y propuesta de actuaciones para reducir
obstáculos regulatorios al crecimiento de la empresa y las limitaciones en materia de
financiación empresarial, sin perjuicio de las competencias al respecto de la Secretaría
General del Tesoro y Financiación Internacional y de la Secretaría de Estado de Industria.
ñ) El estudio y fomento de la mejora de la regulación económica, en particular en el
sector servicios y en aquellos sectores que se encuadran en la economía colaborativa, y
el seguimiento y participación en iniciativas europeas e internacionales relacionadas con
la mejora de la regulación económica.
o) Las de la secretaría de la Conferencia Sectorial para la Mejora Regulatoria y el
Clima de Negocios.
p) El análisis, fomento y propuesta de iniciativas de reducción o eliminación de
barreras a la unidad de mercado y al acceso y al ejercicio de las actividades económicas.
Asimismo, el ejercicio de las funciones de Secretaría para la Unidad de Mercado prevista
en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, incluyendo
la gestión del Observatorio de Buenas Prácticas Regulatorias.

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Núm. 100