I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-8193)
Real Decreto 409/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria y Turismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Miércoles 24 de abril de 2024

Sec. I. Pág. 45752

En su virtud, a iniciativa del Ministro de Industria y Turismo, a propuesta del Ministro
para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 23 de abril de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Organización general del Departamento.
1. El Ministerio de Industria y Turismo es el Departamento de la Administración
General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de industria y turismo que abarca, entre otros aspectos, la estrategia y el
desarrollo industrial, del emprendimiento y de la pequeña y mediana empresa; la
promoción y defensa de la propiedad industrial y la política de turismo, así como el resto
de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.
2. El ejercicio de las competencias atribuidas a este Ministerio se llevará a cabo en
coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y sin
perjuicio de aquéllas que corresponden a otros departamentos ministeriales.
3. A la persona titular del Ministerio de Industria y Turismo le corresponde el
ejercicio de las funciones previstas en el artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 4 de la Ley 50/1997, de 27 de
noviembre, del Gobierno.
4. Son órganos superiores y directivos del Ministerio de Industria y Turismo:
a) La Secretaría de Estado de Industria, de la que dependen los siguientes órganos
directivos:
1.º La Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana
Empresa.
2.º La Dirección General de Programas Industriales.
3.º El Comisionado especial para el PERTE Agroalimentario, con rango de
Subsecretaría.
4.º El Comisionado especial para el PERTE de Descarbonización Industrial, con
rango de Subsecretaría.

5. Como órgano de asistencia inmediata a la persona titular del Ministerio de
Industria y Turismo, existe un Gabinete, cuyo Director ostenta el rango de Director
General, conforme a la estructura que se establece en el artículo 23.2 del Real
Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales.
6. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.4 del citado Real
Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, existirá en el Gabinete una unidad de
comunicación, responsable de la comunicación oficial del departamento, al que
corresponderá dirigir y mantener las relaciones informativas con los medios de
comunicación social y difundir la información de carácter general del departamento.
Artículo 2.

Secretaría de Estado de Industria.

1. La Secretaría de Estado de Industria ejercerá, respecto de las unidades
dependientes de ella, las atribuciones previstas en el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, en materia de industria y de desarrollo y transformación industrial, y de
emprendimiento y de la Pequeña y Mediana Empresa (en adelante, PYME).

cve: BOE-A-2024-8193
Verificable en https://www.boe.es

b) La Secretaría de Estado de Turismo, de la que depende la Dirección General de
Políticas Turísticas.
c) La Subsecretaría de Industria y Turismo, de la que depende la Secretaría
General Técnica.