I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-8193)
Real Decreto 409/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria y Turismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Miércoles 24 de abril de 2024
Artículo 5.

Sec. I. Pág. 45760

Comisionado Especial para el PERTE Agroalimentario.

1. Corresponde al Comisionado especial para el PERTE Agroalimentario el ejercicio
de las siguientes funciones:
a) Apoyar a la Secretaría de Estado de Industria en la promoción, impulso y
divulgación de las políticas y planes para la transformación de ecosistemas industriales
del sector agroalimentario, en el ámbito del PERTE agroalimentario, incluyendo tanto las
que corresponden a la Administración General del Estado en el ámbito de sus
competencias, como las que puedan resultar del apoyo y colaboración con las demás
Administraciones públicas.
b) Participar en las comisiones, grupos de trabajo y órganos colegiados implicados
en el PERTE Agroalimentario.
c) Apoyar a la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y
Mediana Empresa a realizar estudios, estadísticas, informes y análisis en relación con el
PERTE Agroalimentario.
2. Depende del Comisionado especial para el PERTE Agroalimentario la Oficina
Técnica del Comisionado especial, con nivel orgánico de Subdirección General, que
ejercerá las funciones previstas en el apartado anterior.
Artículo 6. Comisionado Especial para el PERTE de Descarbonización Industrial.
1. Corresponde al Comisionado especial para el PERTE de Descarbonización
Industrial el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Apoyar a la Secretaria de Estado de Industria en la promoción, impulso y
divulgación de las políticas y planes para la transformación de los ecosistemas
industriales, en el ámbito del PERTE de Descarbonización Industrial, incluyendo tanto las
que corresponden a la Administración General del Estado en el ámbito de sus
competencias, como las que puedan resultar del apoyo y colaboración con las demás
Administraciones públicas.
b) Participar en las comisiones, grupos de trabajo y órganos colegiados implicados
en el PERTE de Descarbonización Industrial.
c) Apoyar a la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y
Mediana Empresa a realizar estudios, estadísticas, informes y análisis en relación con el
PERTE de Descarbonización Industrial.
2. Depende del Comisionado especial para el PERTE de Descarbonización
Industrial la Oficina Técnica del Comisionado especial, con nivel orgánico de
Subdirección General, que ejercerá las funciones previstas en el apartado anterior.
Secretaría de Estado de Turismo.

1. La Secretaría de Estado de Turismo, bajo la superior dirección de la persona
titular del Ministerio de Industria y Turismo, ejercerá las funciones que el artículo 62 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, atribuye a los Secretarios de Estado y aquellas otras
funciones que atribuya la legislación vigente al Departamento en relación con el sector
turístico. De este modo, llevará a cabo cuantas acciones sean precisas para la definición,
desarrollo, coordinación y ejecución de las políticas turísticas del Estado, sin perjuicio de
las competencias de la Comisión Interministerial de Turismo, así como las relaciones
turísticas institucionales de la Administración General del Estado con organizaciones
internacionales, públicas o privadas, y la cooperación turística internacional, en
coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
También le corresponde la propuesta y elaboración de iniciativas normativas en su
ámbito de competencias. Además, a través del Instituto de Turismo de España

cve: BOE-A-2024-8193
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Artículo 7.