III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-8054)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de construcción de instalaciones para la electrificación del tramo Mérida-Puertollano".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 22 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 44867

ubicada en el p.k. 284 + 700, ya que la alternativa 2 tiene los siguientes condicionantes
menos favorables respecto a la alternativa 1:
● Requiere de mayores movimientos de tierra.
● Requiere la tala de algún pie arbóreo.
● El camino de acceso a la subestación es de mayor longitud y requiere de más
actuaciones para su adaptación al paso de vehículos.
● Está dentro del área crítica para la cigüeña negra (Ciconia nigra).
– Subestación de Tracción «512.SE Quintana»: Las dos alternativas estudiadas por
el promotor se sitúan junto a la actual traza ferroviaria. Ambas se encuentran dentro del
área de distribución del águila perdicera (Aquila fasciata) declarada por la Comunidad
Autónoma de Extremadura. También se sitúa en esta zona la IBA n.º 279 «Puerto
Mejoral-Almorochón-Cabeza de Buey», y la zona de protección de avifauna contra la
colisión y electrocución en líneas de alta tensión. El promotor selecciona la alternativa 1
ubicada en el p.k. 366 + 200, frente a la alternativa 2 situada en el p.k. 364 + 200, ya que
la alternativa 2 presenta los siguientes condicionantes menos favorables respecto a la
alternativa 1:
● Se sitúa en una parcela con presencia de encinas, donde se prevé la tala de algún
pie arbóreo.
● Se encuentra separada de la vía ferroviaria unos 50 m por la presencia de una vía
pecuaria que discurre de forma paralela a la traza en ese tramo, por ello el tendido de los
alimentadores entre los pórticos de la subestación y de la catenaria debería sobrevolar la
vía pecuaria, lo que aumentaría su longitud.
– Subestación de tracción «511.SE Don Álvaro»: Las dos alternativas estudiadas por
el promotor se sitúan cerca de la actual traza ferroviaria. Ambas se encuentran dentro
del área de distribución del águila perdicera (Aquila fasciata) declarada por la Comunidad
Autónoma de Extremadura y también dentro de la zona de protección de avifauna contra
la colisión y electrocución en líneas de alta tensión. El promotor selecciona la
alternativa 1 ubicada en el p.k. 445 + 850, frente a la alternativa 2 situada en el
p.k. 438 +200, ya que la alternativa 2 presenta los siguientes condicionantes menos
favorables respecto a la alternativa 1:
● La nueva LAAT requerida para la alimentación de la subestación de REE
interceptaría un área de influencia de sisón (Tetrax tetrax), siendo esta una especie
protegida, incluida en el anexo I de la Directiva Aves.
● Se encuentra separada de la vía ferroviaria unos 50 m por la presencia de un
camino existente que discurre de forma paralela al trazado en este tramo, por lo que el
tendido de los alimentadores entre los pórticos de la subestación y de la catenaria
deberían sobrevolar el camino existente, lo que aumentaría su longitud.
Para el estudio de alternativas de trazado de la LAAT de 220 kV entre las
subestaciones de «SE Brazatortas REE» y «514.SE Brazatortas» el promotor evalúa dos
alternativas, y selecciona la alternativa 1 como la más adecuada, ya que la alternativa 2
sobrevuela un área prevista para una futura planta solar fotovoltaica, donde se
necesitaría disponer apoyos. El resto de los impactos son similares en ambas
alternativas.
Finalmente, para la LAAT de 400 kV entre las subestaciones de «SE La Serena
REE» y «512.SE Quintana» el promotor evalúa dos alternativas y selecciona la
alternativa 1, ya que la alternativa 2 discurre por un corredor más estrecho entre la
carretera EX-346 y una de las zonas de influencia de sisón (Tetrax tetrax). También
discurre por un corredor donde hay más presencia de construcciones y viviendas
aisladas cercanas que podrían ser afectadas por esta.

cve: BOE-A-2024-8054
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Núm. 98