III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-8058)
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pablo de Olavide, para la realización de prácticas curriculares en Archivos, Centros y Servicios, adscritos a la Subdirección General de los Archivos Estatales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Lunes 22 de abril de 2024

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– El tiempo necesario para llevar a cabo las actividades académicas obligatorias y
de representación y participación universitaria.
– Por visita médica: el estudiante tiene permiso durante las horas indispensables
para asistir a la visita médica.
– Por enfermedad: entre un 10 % y un 15 % de la duración total de horas de las
prácticas programadas en el proyecto formativo. En este caso, el estudiante puede
ampliar el periodo o el horario de las prácticas por el número de horas de la enfermedad,
tras aportar la justificación del parte médico.
– Por otros supuestos debidamente justificados y consensuados entre [siglas de la
universidad o institución académica] y [nombre del archivo/s y/o centro/s o bien: los
Archivos, Centros y Servicios dependientes de la Subdirección General de Archivos
Estatales].
5. Incorporar como anexo un proyecto formativo en que se concretará la realización
de cada práctica. Dicho proyecto deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a
desarrollar. Los objetivos se establecerán considerando las competencias básicas,
genéricas y/o específicas que debe adquirir el estudiante. Asimismo, los contenidos de la
práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a
adquirir con los estudios cursados. En todo caso, se procurará que el proyecto formativo
se conforme siguiendo los principios de inclusión, igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal.
6. El presente convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7. El convenio se acoge a lo establecido en el en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los
estudiantes universitarios.
Tercera. Compromisos del Ministerio de Cultura.
1. Recibir en la sede de los Archivos, Centros y Servicios dependientes de la
Subdirección General de Archivos Estatales, en el período y horario que se indican en la
cláusula anterior.
2. Determinar el número de alumnos en prácticas según la disponibilidad y
necesidades del Archivo, que en ningún caso podrá ser superior a 20 estudiantes por
curso.
3. Facilitar a los asistentes los medios necesarios para conseguir los objetivos
propuestos de conocimiento y difusión del Patrimonio Histórico Documental Español.
4. Colaborar o intervenir en la programación y seguimiento de las prácticas a través
del director del Archivo, o personal en quien este delegue en calidad de coordinador
técnico de las prácticas.
5. El Ministerio de Cultura colaborará con las instalaciones y los medios
profesionales, de personal y técnicos disponibles.
Compromisos de la Universidad Pablo de Olavide.

1. La UPO se compromete a informar y recabar la conformidad del/os director/es de
los Archivos, Centros y Servicios sobre todas las incidencias no previstas en el presente
convenio o en los programas de las prácticas aportados con las solicitudes de
colaboración, así como a informar del número e identificación de los asistentes en la
realización de las actividades docentes y de cuantos aspectos se relacionen con las
mismas.
2. La UPO responderá de los daños que puedan ocasionarse a los fondos e
instalaciones del centro por parte de los alumnos que participen en la realización de las
prácticas conforme al seguro de responsabilidad civil que tiene suscrito la UPO. Dicho
seguro se actualiza anualmente para la realización de prácticas tanto en empresas
privadas como en organismos públicos.

cve: BOE-A-2024-8058
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.