III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-8053)
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de construcción "Variante de Briones".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 22 de abril de 2024

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prescripciones técnicas, recoge que: «Respecto de los pasos superiores multifuncionales, la
relación A/L también podrá ser menor a la establecida a partir de pasos con anchos
mayores de 20 m, pero se recomienda su adecuación siguiendo las indicaciones de los
pasos específicos superiores para grandes mamíferos, en la medida de lo posible». De lo
anterior, se deduce que, para que el paso superior en el p. k. 4+680 pueda considerarse
como paso superior multifuncional utilizable por grandes mamíferos, debe tener, en
particular, un ancho mayor de 20 m en todo caso.
Respecto al paso superior multifuncional previsto en el p. k. 3+800, de 8,3 m de ancho
y 66 m de longitud, para una vía pecuaria y para medianos y pequeños vertebrados (no
para grandes mamíferos), destaca que, según el apartado 8.9.2, «Reposición de vías
pecuarias», del estudio de impacto ambiental, el ancho de las franjas laterales de tierra
vegetal será de 1 m, pero, según el apartado 4.8.2.2, «Paso superior 3+800», de la
memoria del documento técnico del proyecto, será de 0,9 m. Del documento de
prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales se
deduce, en particular, que se deben mantener al menos dos franjas laterales de 1 m de
ancho mínimo con sustrato natural o revegetadas, una a cada lado del camino, y pantallas
opacas de 2 m de altura mínima en los márgenes laterales del paso. Por consiguiente, se
deberá aumentar el ancho de la estructura del paso superior si fuera necesario.
Por otro lado, la distancia entre el paso superior del p. k. 4+680 y el siguiente paso, la
obra de drenaje transversal ODT-6.0, en el p. k. 5+996, es de 1.316 m, por lo que no se
cumpliría el condicionante de densidad mínima para pequeños vertebrados, un paso/km en
este caso. No obstante, el estudio de impacto ambiental indica que hay un paso superior
entre estos dos puntos, en el p. k. 5+550, que podría tener cierta función en la permeabilidad
para pequeños y medianos vertebrados, minimizando así la posible afectación. Este paso,
según el apartado 4.8.2.4, «Paso superior 5+550», de la memoria del documento técnico del
proyecto, tiene 66 m de longitud, 8,3 m de ancho y una sección transversal constituida por
dos carriles de 2,50 m, arcenes de 1,00 m y sendas barreras de 0,65 m. Por tanto, en cuanto
a la consideración del paso superior en el p. k. 5+550 también como paso para pequeños y
medianos vertebrados (no para grandes mamíferos) y así cumplir el condicionante de
densidad mínima para pequeños vertebrados, cabe señalar que debe mantener franjas
laterales de 1 m de ancho mínimo con sustrato natural o revegetadas, una a cada lado del
camino, pantallas opacas de 2 m de altura mínima en los márgenes laterales del paso, así
como seguir en la medida de lo posible las indicaciones de los pasos superiores
multifuncionales del documento de prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna
y vallados perimetrales. Por consiguiente, se deberá aumentar el ancho de esta estructura de
paso para añadir las franjas laterales y las pantallas opacas citadas.
Respecto a los pasos inferiores multifuncionales previstos, en los pp. kk. 0+510,
0+800, 1+660 y 2+140, para caminos y para grandes, medianos y pequeños mamíferos,
del apartado 10.2.5.4, «Pasos inferiores», del anejo n.º 10, «Firmes y pavimentos», del
documento técnico del proyecto se deduce que toda la superficie de estos pasos estará
cubierta de zahorra, por lo que no se cumplen las indicaciones al respecto del
documento de prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados
perimetrales. Según dicho documento, si la estructura comparte el paso de fauna con la
circulación de vehículos, la superficie central puede estar pavimentada o cubierta de
zahorra, pero las franjas laterales deberán recubrirse con sustrato natural, con los
anchos mínimos que se indican en el citado documento de prescripciones.
Respecto a las obras de drenaje transversal proyectadas, el estudio de impacto
ambiental indica que se adecuan como pasos para pequeños mamíferos todas las obras
de drenaje, especialmente las coincidentes con los cauces de los arroyos del Chorrillo y de
Arreluz y del río Zamaca. Sin embargo, la obra de drenaje transversal en el cruce con el
río Zamaca o arroyo del Pozo, la ODT-6.2, no dispone de banquetas laterales para el paso
de pequeños vertebrados, según se desprende de la página 9 del anejo n.º 11, «Drenaje»,
del documento técnico del proyecto y del plano n.º 2.11.3, hoja 10 de 14, del mismo
documento técnico. Igualmente, se observa que la obra de drenaje transversal ODT-6.1,
que está incluida en el listado de pasos de fauna del estudio de impacto ambiental y que

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Núm. 98