III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-8053)
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de construcción "Variante de Briones".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Lunes 22 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 44851

La descripción de la alternativa seleccionada por el promotor se ha resumido en el
apartado sobre descripción y localización del proyecto.
3.2

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

El estudio de impacto ambiental incluye un capítulo donde se identifican, caracterizan
y valoran los impactos potenciales del proyecto sobre diferentes factores ambientales y
otro donde se recogen una serie de medidas preventivas y correctoras. Asimismo,
incluye un capítulo relativo al programa de vigilancia ambiental.
El proyecto no coincide con espacios naturales protegidos ni con espacios protegidos
Red Natura 2000 ni con áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la
regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad. Tampoco coincide con montes de utilidad pública.
A la vista del estudio de impacto ambiental, de los informes y alegaciones recibidos
durante los trámites de información pública y de consultas y del resto de documentación
presentada, se reflejan a continuación los impactos negativos más significativos de la
alternativa seleccionada por el promotor y su tratamiento.
3.2.1

Flora y hábitats de interés comunitario.

El estudio de impacto ambiental, con base en la información cartográfica de hábitats
de interés comunitario del Gobierno de La Rioja y en las visitas de campo realizadas,
concluye que el proyecto no afecta a ningún hábitat de interés comunitario.
Apunta que el proyecto ocupará, aproximadamente, 22.890 m² de matorral y 8.300
m² de vegetación de los márgenes de los cauces, que la vegetación de ribera no arbórea
potencialmente afectada serían carrizos, zarzas, juncos, gramíneas y saúcos. Se infiere
que se afectará a algunos sauces y chopos aislados en el cruce de la variante con el
arroyo del Chorrillo. El interés de la vegetación de ribera arbolada lo califica con un valor
medio-alto, la vegetación de ribera no arbolada con un valor medio y los matorrales con
un valor medio-bajo. El estudio de impacto ambiental, tras considerar la superficie y el
valor de la vegetación afectada, concluye que el impacto es compatible. No obstante,
contempla la restauración de la vegetación en las áreas ocupadas temporalmente por las
obras utilizando especies propias de la zona y, en ningún caso, especies invasoras.
Fauna.

La variante proyectada causará durante la fase de funcionamiento o explotación un
potencial efecto barrera sobre los desplazamientos de la fauna. Según el estudio de
impacto ambiental, «la fauna del corredor en donde se inscribe la Variante, debido a lo
antropizado del medio, es de poca relevancia», si bien identifica tres zonas de cierto
interés para el movimiento de la fauna: los arroyos del Chorrillo y Valpierre, el arroyo de
Arreluz y el río Zamaca o arroyo del Pozo.
Como medidas correctoras para permeabilizar la infraestructura para la fauna, el
estudio de impacto ambiental indica que se establecerán pasos suficientes siguiendo lo
indicado en la publicación «Prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y
vallados perimetrales (segunda edición, revisada y ampliada)» (Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente, 2015), e incluye un listado de los pasos previstos.
A este respecto, cabe hacer ciertas consideraciones. En cuanto al paso superior
multifuncional previsto en el p. k. 4+680, de 10 m de ancho y 66 m de longitud, para un
camino y para grandes, medianos y pequeños mamíferos, señalar que no cumple la
condición de A/L > 0,8 que establece el documento de prescripciones técnicas para el
diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales citado. El estudio de impacto ambiental
señala que, para ello, «requeriría un sobredimensionamiento hasta una anchura
de 35 m [sic, querrá decir 53 m], lo que elevaría muy significativamente el coste de la
estructura» y considera que con el diseño proyectado podría considerarse como paso
utilizable por grandes vertebrados. Sin embargo, el último párrafo de las notas
complementarias del apartado 3.6, «Dimensiones de los pasos», del referido documento de

cve: BOE-A-2024-8053
Verificable en https://www.boe.es

3.2.2