III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-8047)
Resolución de 10 de abril de 2024, de la Autoridad Portuaria de Huelva, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Huelva, para la realización de prácticas de estudiantes de grado y posgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Lunes 22 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 44815

Régimen General de a la Seguridad Social establecidas en la legislación vigente que
correspondan a los estudiantes en prácticas.
Quinta.

Plazo.

El presente Convenio tendrá una duración de cuatro años. En cualquier momento,
antes de la finalización del plazo previsto, previa sustanciación de los trámites
legalmente previstos, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su
prórroga por un periodo máximo de hasta 4 cursos académicos adicionales, sin que en
ningún caso se supere el límite de cuatro años adicionales de duración que establece la
Ley. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de la
fecha de extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del
Estado».
El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Además,
será publicado en el Boletín Oficial de Estado. Todo ello de acuerdo con los requisitos
recogidos en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Sexta.

Compromiso de publicidad.

En toda publicidad o referencia que la Universidad de Huelva, o cualquier organismo
o ente dependiente de ésta, haga de la actividad objeto del presente Convenio, se
deberá incluir que se realiza con la colaboración de la Autoridad Portuaria de Huelva.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
Las cuestiones relativas al seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
presente Convenio se llevarán a cabo por una Comisión de Seguimiento que estará
formada por cuatro personas en representación de las entidades firmantes del presente
convenio, que serán designadas, dos por la Universidad de Huelva y dos por la
Autoridad Portuaria Huelva.
La Comisión de Seguimiento se reunirá con carácter ordinario con periodicidad
semestral y, en cualquier caso, cuando una de las partes lo solicite. Sus reuniones se
formalizarán en acta en cada caso.
La Comisión de Seguimiento tendrá las siguientes funciones:
– Realizar el seguimiento del desarrollo de lo estipulado en este Convenio.
– Interpretar, en caso de duda, el contenido del Convenio.
– Resolver las discrepancias que puedan surgir en la aplicación del presente
Convenio.
– Analizar posibles causas de incumplimiento del Convenio.
La Universidad de Huelva deberá emitir y remitir a las partes firmantes un informe
anual sobre la evolución de las prácticas objeto del Convenio, al objeto de verificar el
cumplimiento de los fines y objetivos del mismo.

1. El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto o por incurrir en causa de resolución.
2. Serán causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.

cve: BOE-A-2024-8047
Verificable en https://www.boe.es

Octava. Extinción.