III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-8047)
Resolución de 10 de abril de 2024, de la Autoridad Portuaria de Huelva, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Huelva, para la realización de prácticas de estudiantes de grado y posgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Lunes 22 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 44814

externas para estudiantes de cualquier enseñanza impartida por la Universidad de
Huelva o los Centros adscritos a la misma, en los términos recogidos en el Reglamento
Interno de Prácticas de la Universidad de Huelva y en los planes de estudio
correspondientes, en lo relativo a la puesta a disposición por parte de la Autoridad
Portuaria de las instalaciones y otros elementos necesarios para la celebración de
actividades docentes en la parte práctica de las asignaturas y el acogimiento de alumnos
para el desarrollo de las prácticas exigidas en las mismas.
Segunda.

Perfil de los alumnos y líneas formación en prácticas.

Dado que se pretende completar la formación de profesionales para alcanzar un nivel
apropiado de conocimientos en el ámbito portuario, dándoles a conocer los principales
aspectos relacionados con el transporte de la mercancía por vía marítima y el papel que
desempeñan los puertos dentro de las cadenas logísticas, tanto de una forma teórica
como práctica, en los términos establecidos en el citado Real Decreto. 822/2021, de 28
de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias
y de procedimiento de aseguramiento de su calidad, el perfil de los alumnos y las líneas
de la formación en las prácticas a realizar por los estudiantes universitarios, deberán fijar
los objetivos educativos y las actividades a desarrollar dentro del marco antes citado.
Asimismo los contenidos de la práctica se definirán de forma que aseguren la relación
directa de las competencias a adquirir con los estudios cursados en relación también con
estos aspectos.
A tales efectos, la Universidad de Huelva seleccionará los alumnos en base a cuanto
antecede, según el proyecto formativo objeto de la práctica y será inscritos en la Base de
Datos que disponga la Universidad.
Tercera.

Naturaleza de la colaboración.

La Autoridad Portuaria de Huelva facilitará la realización de las prácticas formativas,
que se concretarán en un proyecto formativo que será supervisado por la Comisión de
Seguimiento del convenio.
Para ello, la Autoridad Portuaria de Huelva proporcionará las infraestructuras
necesarias para la celebración de actividades docentes en la parte práctica de las
asignaturas correspondientes, en una inmersión real del ámbito profesional en Puertos,
recibiendo alumnos en prácticas, a lo largo de cada ejercicio, según la capacidad de la
que la Autoridad Portuaria disponga en cada curso.

El desarrollo de las actuaciones previstas en el presente Convenio no implicará
contraprestación económica alguna entre las partes.
Cualquier eventualidad que pudiera producirse relacionada con los alumnos durante
la realización de las actividades objeto del presente Convenio será cubierta por el
Seguro Escolar y por una Póliza de Responsabilidad Civil. Para los estudiantes que no
disfrutan del Seguro Escolar, la Universidad de Huelva deberá suscribir, además, una
Póliza de Accidentes que cubra los posibles riesgos durante su estancia en las
dependencias de la Autoridad Portuaria.
No obstante lo anterior, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 2/2023, de 16
de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la
reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de
sostenibilidad del sistema público de pensiones, en todo aquello que resulte de
aplicación.
De conformidad con la Disposición Adicional quincuagésima segunda: del texto
refundido de la Ley General de Seguridad Social, recogida en Real Decreto
Legislativo 2/2023, de 16 de marzo aprobada por el citado Real Decreto-ley 2/2023,
Universidad de Huelva asumirá las obligaciones fiscales y de afiliación y cotización en el

cve: BOE-A-2024-8047
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Obligaciones económicas.