I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-7905)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Sábado 20 de abril de 2024

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consentimiento de la nación anfitriona y han socavado la seguridad euroatlántica y el
orden internacional basado en normas.
Por lo tanto, la República Helénica ha decidido suspender la aplicación del Tratado
FACE durante tanto tiempo como sea necesario, con arreglo a los derechos que le
confiere el Derecho internacional y en consonancia con la decisión adoptada (el 7 de
noviembre de 2023) por el Consejo del Atlántico Norte sobre la respuesta aliada a la
retirada de Rusia del Tratado.»
ALEMANIA.

«El Ministerio de Asuntos Exteriores [...] tiene el honor [...] de informar al Gobierno
del Reino de los Países Bajos, en su condición de depositario del Tratado sobre Fuerzas
Armadas Convencionales en Europa, hecho en París el 19 de noviembre de 1990 (en lo
sucesivo, el “Tratado FACE”), de que la República Federal de Alemania ha decidido
suspender la aplicación del Tratado FACE respecto de todos los Estados Parte por las
siguientes razones: El 9 de junio de 2023, la Federación de Rusia notificó su retirada del
Tratado FACE con efectos a partir del 7 de noviembre de 2023. Desde el 24 de febrero
de 2022, la Federación de Rusia, apoyada por Bielorrusia, ha estado librando una guerra
de agresión contra Ucrania que contraviene sustancialmente el objeto y fin del Tratado
FACE. La retirada de la Federación de Rusia del Tratado FACE es la última de una serie
de acciones que socavan de manera sistemática la arquitectura de seguridad europea.
La guerra de agresión de Rusia contra Ucrania constituye una vulneración flagrante de
los principios fundamentales del Derecho internacional, consagrados en la Carta de las
Naciones Unidas, el Acta Final de la CSCE y la Carta de París. Ambas acciones son
acontecimientos imprevistos de naturaleza extraordinaria que han afectado de manera
adversa los intereses supremos de la República Federal de Alemania.
Estas acciones han alterado significativamente la base sobre la que se celebró el
Tratado FACE, que se caracterizaba por los principios de no violencia, soberanía e
integridad territorial de todos los Estados. El objetivo primordial de los Estados Parte era
construir la estabilidad y la seguridad en Europa y eliminar la capacidad de lanzar
ataques sorpresa y ofensivas a gran escala. Para la República Federal de Alemania,
estos aspectos constituían una base esencial para obligarse por el Tratado FACE. Dado
que las obligaciones contraídas en virtud del Tratado FACE descansaban sobre los
principios de equilibrio mutuo de las fuerzas militares en Europa y reciprocidad jurídica,
la retirada definitiva de Rusia del Tratado ha afectado fundamentalmente también al
alcance del resto de obligaciones nacidas del Tratado FACE. Esto es así porque, debido
tanto al diseño del Tratado FACE como al peso de Rusia como Estado parte, dichas
obligaciones han pasado en buena medida a ser unilaterales y han perdido sus mayores
beneficios.
La República Federal de Alemania mantiene su compromiso con los principios
rectores del Tratado FACE, que sustentan el control efectivo de las armas
convencionales como un elemento clave para la seguridad euroatlántica. Por ello, la
República Federal de Alemania ha decidido suspender las obligaciones que le impone el
Tratado FACE y dejar abierta la posibilidad de volver a aplicarlo en el futuro.
La República Federal de Alemania notificará al Ministerio de Asuntos Exteriores del
Reino de los Países Bajos la entrada en vigor de la suspensión de las obligaciones que
el Tratado FACE impone a Alemania 150 días después de la recepción de la presente
Nota verbal.
La República Federal de Alemania solicita al Ministerio de Asuntos Exteriores del
Reino de los Países Bajos que transmita esta notificación a todos los Estados Parte del
Tratado FACE.»

cve: BOE-A-2024-7905
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10-11-2023 COMUNICACIÓN DE SUSPENSIÓN DEL TRATADO CON EFECTOS
DESDE EL 12-04-2024.