I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-7905)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
140 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Sábado 20 de abril de 2024

Sec. I. Pág. 44317

La Misión Permanente de Ucrania ante las Naciones Unidas aprovecha la ocasión
para reiterar al Secretario General la expresión de su más alta consideración.
Anexo, 1 página.
Nueva York, 17 de noviembre de 2023.
ANEXO
En relación con la agresión militar en curso de la Federación de Rusia contra
Ucrania, a propuesta del Consejo Nacional de Seguridad y Defensa de Ucrania y de
conformidad con el artículo 106, apartado 20, de la Constitución de Ucrania y con la Ley
ucraniana sobre régimen jurídico de la ley marcial, se ha adoptado el Decreto
Presidencial n.º 734/2023, de 6 de noviembre de 2023, por el que se prorroga la vigencia
de la ley marcial en Ucrania.
Dicho decreto se aprobó mediante la Ley n.º 3429-IX, de 8 de noviembre de 2023,
por la que se aprueba el Decreto Presidencial por el que se prorroga la vigencia de la ley
marcial en Ucrania.
La ley se anunció inmediatamente en los medios de comunicación. Su fecha de
entrada en vigor es el 10 de noviembre de 2023.
Por medio del citado decreto, se prorrogó la vigencia de la ley marcial en Ucrania por
un plazo de 90 días desde las 05.30 horas del 16 de noviembre de 2023.
El Decreto entró en vigor a la vez que la Ley por la que se aprueba el Decreto
Presidencial.»
UCRANIA.
02-01-2024 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4.
«N.º 4132/28-194/501-533.
La Misión Permanente de Ucrania ante las Naciones Unidas saluda atentamente al
Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas y, en referencia a su
anterior comunicación.
N.º 4132/28-194/501-139368, de 17 de noviembre de 2023, tiene el honor de
adjuntar una comunicación aclaratoria relativa a la suspensión de determinadas
obligaciones del Gobierno de Ucrania en virtud del artículo 4, párrafo 3, del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La Misión Permanente de Ucrania aprovecha la ocasión para reiterar al Secretario
General la expresión de su más alta consideración.
Anexo, 1 página.
Nueva York, 2 de enero de 2024.
ANEXO

Como consecuencia de la agresión militar en curso de la Federación de Rusia contra
Ucrania, a propuesta del Consejo Nacional de Seguridad y Defensa de Ucrania y de
conformidad con la Constitución de Ucrania y con la Ley ucraniana sobre régimen
jurídico de la ley marcial, se ha adoptado el Decreto Presidencial n.º 734/2023, de 6 de
noviembre de 2023, por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania.
Dicho decreto se aprobó mediante la Ley n.º 3429-IX, de 8 de noviembre de 2023,
por la que se aprueba el Decreto Presidencial por el que se prorroga la vigencia de la ley
marcial en Ucrania. La ley entró en vigor simultáneamente a la entrada en vigor del

cve: BOE-A-2024-7905
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Comunicación relativa a las medidas de suspensión de obligaciones