III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-7671)
Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Mahón, por la que se deniega la inscripción de un cambio de titularidad de aprovechamiento de aguas subterráneas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de abril de 2024

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de veinticinco metros, cincuenta y tres decímetros cuadrados. d) Un pozo para la
explotación de agua para regadío y uso doméstico, con un caudal máximo instantáneo
de 3.000,00 litros/hora y un volumen máximo anual de 5.200,00 metros cúbicos
(registrado con la referencia SHB-[…] y DI-[…]).
Como se puede comprobar estamos ante la misma descripción que realiza el
registrador en la contestación a la solicitud en el hecho tercero.
Tanto un documento como otro describen que en dicha finca existe un pozo de
extracción de agua registrado con la referencia SHB-(…) y DI-(…).
Tras pagar los impuestos desde el 2016, aportando para ello lectura del contador de
cada año, la Administración Balear, concretamente ATIB, me requirió para que
formalizara el cambio de titularidad del referido pozo, lo cual realicé dentro del plazo
otorgado a tal efecto, presentando en fecha 04/06/2020 ante la Conselleria de Medi
Ambient i Territori, la solicitud y los documentos que me fueron indicados.
Por su parte, el 16/09/2023 el director general de Recursos Hídricos Joan B. Calafat
Busquets dictó Resolución mediante el Informe técnico, propuesta y Resolución del
director general de recursos Hídricos autoriza el cambio de titularidad de
aprovechamiento de aguas subterráneas incluido en el Registro temporal de aguas
privativas (ARE […] (DI-[…]SH[…]) situado en la finca “(…)”, parcela 103 del polígono 6
(Coordenadas ETRS, […]) a favor de la ahora solicitante M. S. M. Todo ello
fundamentado en la acreditación mediante la escritura de compraventa que actualmente
es M. S. M. titular de los terrenos en los cuales se sitúa el aprovechamiento de aguas
subterráneas y las instalaciones conexas.
Añade que dichas condiciones ya constaban en anteriores transferencias, y por
consiguiente declara que ha quedado acreditado que M. S. M. es titular de los terrenos
en los cuales se sitúa el aprovechamiento mencionado y las instalaciones conexas.
Una vez me fue notificado, dicho título, solicité copia del expediente completo, para
poder tener la información de quien construyó el pozo con exactitud. Como se desprende
del expediente completo del pozo, nos encontramos ante una construido de 1982 y que
está registrado en el Registro de Aguas privadas del Govern Balear con número de
expediente ARE (…) y que dicho pozo, antes de ser inscrito en el Registro de Recursos
Hídricos a través del Proyecto Aryca, tenía otro número de inscripción, SHB(…), y que en
la actualidad se corresponde con el número de registro ARE (…).
Por consiguiente, queda más que acreditado que la finca de mi propiedad (parcela
número 103, polígono 6 del Catastro, con referencia catastral 07064A00600103000UY
de Es Castell es la finca número 4208 del Ayuntamiento de Es Castell), la cual declara
Recursos Hídricos mediante Resolución del director es la finca que tiene concedido el
aprovechamiento de aguas subterráneas (…)
Cuarto. En relación con el hecho segundo y quinto por parte del Registro que no se
corresponde la identificación realizada de la autorización de explotación que resulta del
Registro (SHB[…]) con la ahora señalada (ARE […]).
Esta parte vuelve alegar que queda más que acreditado con la documentación
aportada y en especial con el Informe técnico de la Consellera de la Mar i Cicle de
l’Aigua que se está ante la misma identificación, ya que dicho cambio se debe a que el
pozo data de 1982 y que antes de ser inscrito en el Registro de Recursos Hídricos a
través del Proyecto Aryca, tenía otro número de inscripción, SHB(…), y que en la
actualidad se corresponde con el número de registro ARE (…).
Como se comprueba del expediente del Govern Balear (…) dicha concesión es
inscrita en el Registro de Aguas.
Quinto. La representación cartográfica descriptiva del aprovechamiento de acuerdo
con el artículo 193.5 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, no figura
incorporada a la finca registral número 4208 del Ayuntamiento de Es Castell su
representación gráfica, y debe realizarse la inscripción de la representación gráfica de la
finca, a los efectos de acreditar que el pozo objeto de la concesión se encuentra dentro
de la finca (…)

cve: BOE-A-2024-7671
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Núm. 94