III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Cría Caballar de las Fuerzas Armadas. Precios públicos. (BOE-A-2024-7680)
Orden DEF/344/2024, de 4 de abril, por la que se establecen los precios públicos del servicio de Cría Caballar de las Fuerzas Armadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Miércoles 17 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 43396

El envase, en el caso los envíos de semen refrigerado, correrá a cargo de Cría
Caballar de las Fuerzas Armadas. Respecto al semen congelado el envase será
aportado por el solicitante; en este caso, la responsabilidad de Cría Caballar será el
trasvase de las dosis.
Cada envío de dosis para IA (refrigerado) contendrá un mínimo de 500 millones de
espermatozoides con motilidad progresiva.
En el caso de la remisión de dosis para IA (congelado), cada envío contendrá una dosis,
con una concentración entre 800 y 1000 millones de espermatozoides, equivalente a 8
pajuelas (4ml.), y una motilidad progresiva post-descongelación igual o superior al 35 %.
Las cantidades expresadas en los párrafos a), b) y c) se percibirán de forma
anticipada, exigiéndose el pago antes de iniciarse el proceso. La interrupción voluntaria
del proceso no dará derecho a devolución.
El certificado de cubrición, en los supuestos de venta de semen refrigerado o
congelado, será expedido y remitido por parte de cada Centro Militar de Cría Caballar
con el primer envío. En el caso de cubrición en la base, parada o circuito será expedido y
entregado tras el último servicio efectuado.
En las actuaciones contempladas en el párrafo a), el precio público incluye las
repeticiones para que una yegua quede llena durante un máximo de tres (3) celos
consecutivos, con un máximo de tres (3) inseminaciones por celo siempre que no se
superen los 3 meses desde la primera inseminación o cubrición. En el caso de que la
Parada o el circuito de inseminación hayan sido replegados a su Centro entre celo y
celo, la yegua podrá seguir en cubrición en el Centro Militar de Cría Caballar en el que
esté estabulado el correspondiente semental, hasta finalizar el tercer celo.
El precio de la inseminación incluirá la propia inseminación y el seguimiento
ecográfico del celo. Además, se realizará el pago de la estancia de la yegua en el
Centro, si fuera necesario, previsto en el «Artículo 2. Estancias» de esta Orden.
Tanto en la temporada de despliegue de Paradas, como fuera de esta, Cría Caballar
de las Fuerzas Armadas seguirá realizando envíos de semen e inseminaciones, con los
sementales disponibles en las Paradas de las Planas Mayores (PLM) de los Centros
Militares de Cría Caballar, excepto en Paradas cerradas puntualmente por descanso de
los sementales.
2.

Categorías especiales:

Los precios y modalidades de pago aplicables a las cubriciones e inseminaciones
realizadas por sementales de Cría Caballar de las Fuerzas Armadas, clasificados en
categorías especiales, serán los que se determinan a continuación:
a)

Categoría A: 560,00 euros en Parada Oficial.

1. Remisión de dosis IA (refrigerado): 350,00 euros por dosis (envase de transporte
incluido).
2. Remisión de dosis IA (congelado): 560,00 euros por dosis (el envase de
transporte deberá ser aportado por el ganadero).
Categoría B: 410,00 euros en Parada Oficial.

1. Remisión de dosis IA (refrigerado): 260,00 euros por dosis (envase de transporte
incluido).
2. Remisión de dosis IA (congelado): 410,00 euros por dosis (el envase de
transporte deberá ser aportado por el ganadero).
c)

Categoría C: 260,00 euros en Parada Oficial.

1. Remisión de dosis IA (refrigerado): 170,00 euros por dosis (envase de transporte
incluido).
2. Remisión de dosis IA (congelado): 260,00 euros por dosis (el envase de
transporte deberá ser aportado por el ganadero).

cve: BOE-A-2024-7680
Verificable en https://www.boe.es

b)