III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Gas natural. (BOE-A-2024-7589)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se determina el precio transitorio del alquiler de contadores inteligentes de gas natural de caudal inferior o igual a 6 m³/h para clientes conectados a redes de menos de 4 bar y consumo igual o inferior a 50.000 kWh/año.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 16 de abril de 2024

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implantación de contadores inteligentes en sus redes de distribución, siempre que no
encarezca los costes a repercutir a los consumidores.
Tercero.
La Orden ETU/1283/2017, de 22 de diciembre, por la que se establecieron los peajes
y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución
de las actividades reguladas para el año 2018, en su disposición adicional cuarta,
determinó que, antes del 1 de enero de 2019, la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia debía elaborar un estudio sobre la utilización de contadores inteligentes en
el ámbito del suministro de gas natural a consumidores suministrados a presión igual o
inferior a 4 bar.
Cuarto.
Posteriormente, la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el
control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida, mediante el
artículo 19, la disposición transitoria primera y el apartado 4 del anexo IV, determinó la
vida útil de los contadores de gas con caudal máximo igual o inferior a 25 m3/h y prohibió
su reparación o modificación, planteando un calendario de sustitución en un periodo de 8
años.
Quinto.
En fecha 25 de noviembre de 2021, en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden
ETU/1283/2017, la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia aprobó el «Informe de análisis coste-beneficio de la
implantación de contadores inteligentes en el suministro de gas natural
(INF/DE/023/21)».
Sexto.
El Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de
refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la
reducción del consumo de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu
energía (+SE)», así como medidas en materia de retribuciones del personal de servicio
del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales
afectadas por la sequía, asignó a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, en su artículo 14.2, la función de fijar un precio transitorio de alquiler de
contadores inteligentes.
Séptimo.
Con fecha 20 de diciembre de 2023 la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia sometió a trámite de audiencia de los interesados la propuesta de
resolución, para que estos remitieran sus alegaciones hasta el 31 de enero de 2024.

Primero.

Habilitación competencial.

A tenor de las modificaciones efectuadas por el Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de
enero, tanto en la Ley 3/2013, como en el artículo 91 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre,
la determinación del precio de alquiler de los equipos de medida ha pasado a
corresponder a la CNMC.
En atención a ello, el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se
aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de

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