III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-7554)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Órgiva-Ugíjar, por la que tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, constando oposición de varios titulares de fincas registrales, suspende la inscripción de la georreferenciación pretendida por el promotor.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de abril de 2024

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desplazamientos, giros y errores en la representación catastral que son muy groseros e
inconsistentes.
– Al este linda únicamente privada que es la que en las representaciones gráficas
(…) entra en nuestro solar y nos quita metros debido a los desplazamientos y giros.
– Todo lo expuesto se demuestra con las mediciones y representaciones
presentadas, realizadas por dos Arquitectos en momentos diferentes. Ambas mantienen
la continuidad de la realidad, los linderos y la superficie en el tiempo y demuestran que
no se ha anexionado nada ni es objeto de negocio o modificación ningunos de los
supuestos mencionados en (cfr. artículos 9, 199 y 201 de la Ley Hipotecaria). Estamos
ante un caso claro de uso del expediente del artículo 199 LH tiene como objetivo la
inscripción de la representación gráfica de la finca y, como consecuencia de tal
inscripción la rectificación de la descripción literaria de la finca registral cuya
representación se inscribe.
– La inconsistencia de las representaciones catastrales y las del Geoportal de
Registradores respecto al solar, la calle, las edificaciones y toda la zona, necesita de la
medición georreferenciada aportada en la Memoria presentada y la propuesta de calle
también aportada para que se avance en una solución en la que lo escriturado y lo
representado coinciden con la realidad.
– Coordenadas propuestas en la Memoria de medición presentada (…)
Texto literal de la Escritura en poder del Registro de Órgiva referente al solar.
2. Trozo de tierra, procedente del haza llamada (…) del término de Órgiva, con una
superficie de un área ochenta y ocho centiáreas o ciento ochenta y ocho metros
cuadrados, que linda: Norte, acequia; Sur, el que se describe a continuación que va a ser
vendido a Doña I. G. P., y también A. M. C.; Este, el trozo de tierra descrito anteriormente
bajo la letra b); y Oeste, acequia y V. C. G. C.
Valor: dieciocho mil ochocientas pesetas.
2. Errores respecto a la calle. Aceptar la representación IGN catastral del solar Ref.
2538706VF6823H0001US destinado a calle presentada en las alegaciones respecto a la
no inscripción y la contenida en el Geoportal de los registradores, cómo le notificamos en
nuestra respuesta enviada por carta certificada entregada en el Registro de Órgiva al Sr.
D. F. Empleado (…), con DNI (...) el día 19 de enero a las 15:36h; estas
representaciones adolecen de los siguientes defectos:
– Falta de correspondencia entre la superficie representada, 160 m2 y la literal
escriturada (231 m2), escritura número 718 otorgada en Órgiva por Don J. M. M. C. el
día 27 de diciembre de 1984 que se encuentra en depósito en su Registro de Órgiva;
Esta representación representa una calle que no cumple con la Normativa Urbanística
viaria municipal, autonómica ni estatal, art. 10 Título 1, Capítulo 1, punto 3, de la Ley
para el Impulso y la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, BOE-A-2021-20916consolidado, no permite el paso de vehículos ni de la maquinaria necesaria para realizar
la funciones propias de una calle, tiene 1,09 m de achura en algunos puntos, y 2 en
varios meros, claramente tampoco respeta el ancho literal de 6m determinado en la
mencionada escritura (…)
– Existe inconsistencia entre las dos representaciones catastrales, la IGN y la
ortofoto PNOA debida al desplazamiento y giro que se observan. Su Señoría no ha
observado esta inconsistencia o no la ha reflejado en las dudas que enumera, pero son
evidentes también con las herramientas del Geoportal de Registradores. La
inconsistencia de las representaciones nos crea indefensión, apelamos al apartado 7
sobre desplazamientos y giros del Procedimiento 199 lh y en las resoluciones que son
doctrina de la DG.
– La Sra. Registradora nos ha solicitado una nueva medición, a pesar de que le
hemos enviado 2, porque no ha seguido la Doctrina de la DG que dice: “Sobre la
necesidad de aportar certificación catastral coincidente para la inmatriculación, cabe

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