III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-7555)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Murcia n.º 6, por la que se suspende la inscripción de la georreferenciación catastral y aumento de superficie de una finca, por invasión del dominio público.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de abril de 2024

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camino público un camino particular de distribución y majeo interior de la finca parcela 44
del poli 55 como camino público, subparcela c, improductivo.
No podemos aceptar como justificación las dos ortofotos obtenidas del Visor
Registral pues erróneamente se entiende superpuestas la superficie de la finca con la
superficie del camino, cuando la realidad y de las superficies validadas se observa
claramente se ha respetado y no computado la superficie de los caminos 9006 y 9002
del Polígono 55 de Murcia.
Así solicitamos:
La revisión de la Calificación del Asiento, solicitando la clasificación positiva del
mismo al adecuarse la documentación presentada, su superficie a la realidad Física y
Catastral de la Parcela no invadiendo ninguna parte de camino público.»
IV
El registrador de la Propiedad ratificó su calificación, emitió informe y elevó el
expediente a este Centro Directivo. En dicho informe hacía constar, entre otros extremos,
lo siguiente:
«El mismo día 27 de junio de 2023 se firma electrónicamente la comunicación de la
calificación negativa al fedatario, que es, además, el presentante del documento. Se
acompaña como anexo numero 4 copia de dicha comunicación.
El día 15 de enero de 2024 se persona en el Registro un empleado de la Notaría del
fedatario autorizante alegando que no se ha recibido la notificación electrónica emitida.
Se constata que el sistema informático no ofrece acuse de recibo electrónico de la
recepción por parte del fedatario de la nota de calificación negativa, pese a haberse
firmado electrónicamente la comunicación de defectos, por lo que se le suministra copia
de la calificación. El empleado de la Notaría firma, con la misma fecha, recepción de la
nota de calificación negativa.
El día 22 de enero de 2024 se recibe, por correo certificado con acuse de recibo,
Recurso Gubernativo contra la calificación registral de la escritura citada, figurando como
persona física que lo insta doña M. M. R. C.»
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 9, 10, 199 y 205 de la Ley Hipotecaria.
1. El registrador, tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, suspende la inscripción de la georreferenciación catastral de una finca,
constando oposición expresa del ayuntamiento de Murcia, por invasión de dominio
público.
En concreto, hace constar en su nota de calificación que el Ayuntamiento «aportan
un plano de situación señalando las zonas de invasión a dominio público, y obtenido de
este Registro la ortofoto de las zonas señaladas, se aprecia dicha invasión a dos
caminos, uno por el lindero Norte que afectaría las cuatro referencias catastrales y otro
que cruza la finca de la referencia catastral 30030A055000440000WF».Y añade que
«(…) con la ortofoto se observa efectivamente que existen dos caminos que son
invadidos por las parcelas objeto de modificación, lo que no es posible saber es si se
trata de un desplazamiento o de una invasión objeto del exceso. Se adjunta a la presente
el informe de Patrimonio junto con las dos ortofotos obtenidas por el Registro en el Visor
del Colegio de Registradores, en las que se aprecia la superposición».
La promotora recurre alegando, en esencia, que «el Ayuntamiento de Murcia no ha
justificado la invasión de dominio público, en tanto no ha presentado ni coordenadas
UTM de la presunta invasión (…) simplemente un plano sin definición ni detalle alguno
que no se corresponde con la realidad física ni la catastral de los caminos de dominio

cve: BOE-A-2024-7555
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Núm. 93