III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-7549)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Caravaca de la Cruz, por la que se suspende la inmatriculación de varias fincas al existir dudas fundadas acerca de la correspondencia de la representación gráfica aportada con la realidad física de las fincas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de abril de 2024

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pudieran resultar de fincas colindantes», en el caso de las fincas 4, 5 y 8; bien sea
«invasión de camino colindante», en el caso de las fincas 3 y 6, o bien sea invasión de
ambos, terrenos y camino colindante, en el caso de las fincas 2, 9 y 10.
VII. Contra la anterior calificación registral, en cuanto suspende la inscripción de las
fincas inventariadas a los números 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9 y 10, se interpone el presente
Recurso Gubernativo, con los siguientes fundamentos:
1. A los efectos de inscribir la representación gráfica georreferenciada de la finca se
ha tomado en consideración exclusivamente la representación gráfica catastral, sin tener
en cuenta la que se adjunta en los certificados catastrales de identidad de parcela que se
han presentado posteriormente.
Para la finca número 2), correspondiente a la parcela de referencia
catastral 30028A039000190000YL, se presenta el certificado catastral de identidad de
parcela con C.S.V.: (…), al que se adjunta un gml que soporta una representación
gráfica, cuyas coordenadas con las siguientes: (…)
Para la finca número 3), correspondiente a la parcela de referencia
catastral 30028A037000100000YM, se presenta el certificado catastral de identidad de
parcela con CSV (…), al que se adjunta un gml que soporta una representación gráfica,
cuyas coordenadas con las siguientes: (…)
Para la finca número 4), correspondiente a la parcela de referencia
catastral 30028A037000210000YE, se presenta el certificado catastral de identidad de
parcela con C.S.V.: (…), al que se adjunta un gml que soporta una representación
gráfica, cuyas coordenadas con las siguientes: (…)
Para la finca número 5), correspondiente a la parcela de referencia
catastral 30028A037000240000YU, se presenta el certificado catastral de identidad de
parcela con C.S.V.: (…), al que se adjunta un gml que soporta una representación
gráfica, cuyas coordenadas con las siguientes: (…)
Para la finca número 6), correspondiente a la parcela de referencia
catastral 30028A039000020000Yl, se presenta el certificado catastral de identidad de
parcela con C.S.V.: (…), al que se adjunta un gml que soporta una representación
gráfica, cuyas coordenadas con las siguientes: (…)
Para la finca número 8), correspondiente a la parcela de referencia
catastral 30028A037000200000YJ, se presenta el certificado catastral de identidad de
parcela con C.S.V.: (…), al que se adjunta un gml que soporta una representación
gráfica, cuyas coordenadas con las siguientes: (…)
Para la finca número 9), correspondiente a la parcela de referencia
catastral 30028A037000110000YO, se presenta el certificado catastral de identidad de
parcela con C.S.V.: (…), al que se adjunta un gml que soporta una representación
gráfica, cuyas coordenadas con las siguientes: (…)
Para la finca número 10), correspondiente a la parcela de referencia
catastral 30028A038000070000YG, se presenta el certificado catastral de identidad de
parcela con C.S.V.: C.S.V. [sic]: (…), al que se adjunta un gml que soporta una
representación gráfica, cuyas coordenadas con las siguientes: (…)
Las representaciones gráficas que se adjunta en los certificados catastrales de
identidad de parcela que se han presentado posteriormente, corrigen a la representación
gráfica catastral de la parcela catastral de correspondencia, dentro de los de márgenes
de tolerancia técnica, respetándose el trazado real de los caminos con los que colindan.
El propio registrador reconoce que, en la planimetría contenida en los certificados
catastrales de identidad de parcela, en comparación con la ortofotografía del Plan
Nacional de Ortofotografía Aérea existente en la aplicación homologada de Bases
Gráficas de este Registro, se cumplen los criterios de identidad gráfica. No se entiende,
entonces, por qué no puede servir de base para la inmatriculación de las fincas.

cve: BOE-A-2024-7549
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