III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-7548)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Las Palmas de Gran Canaria n.º 4, por la que se deniega la inscripción de una instancia para extinción de usufructo y consolidación de condominio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de abril de 2024

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– De la inscripción 2.ª de la finca, de fecha 5 de marzo de 2021, resultaba que
fallecían las tres hermanas, adjudicándose la planta baja, en pleno dominio a
don E. C. C., en cuanto a cuatro en ciento veinte avas partes indivisas, y a cada una de
las hermanas doña D. A. M. A., doña M. I. A., doña M. M. A., y don D. I. C. C.,
veintinueve en ciento veinteavas partes con carácter privativo, en escritura de aceptación
de herencia otorgada el día 6 de marzo de 2020 ante la notaria de Las Palmas de Gran
Canaria, doña María Nieves Cabrera Umpierrez, ratificada por otras.
– De la inscripción 3.ª de la finca, de fecha 7 de mayo de 2021, dichos titulares la
vendían a doña M. P. F. P. y doña M. P. A. F., por mitad y partes iguales, y con carácter
privativo mediante escritura otorgada el día 30 de marzo de 2021 ante el notario de Las
Palmas de Gran Canaria, don Carlos José Jarabo Rivera.
– La finca registral número 27.960, segregada de la anterior como piso alto, las
hermanas C. M. la habían vendido a los esposos don J. L. R. y doña B. A. C., para su
sociedad de gananciales mediante escritura otorgada el día 22 de agosto de 1978 ante
el notario de Las Palmas de Gran Canaria, don Manuel Alarcón Sánchez, que causó
inscripción de fecha 10 de abril de 1980.
– Centrados en la inscripción 14.ª, existía a favor de las hermanas doña I.,
doña M. L. y doña A. M. C. M., un derecho real de hipoteca, hoy cancelada, constituida
mediante escritura otorgada el día 6 de marzo de 1953 ante el notario de Las Palmas de
Gran Canaria, don Federico López Martin Romero, que produjo la inscripción 11.ª de
esta finca de fecha 5 de mayo de 1953; esta hipoteca fue modificada y ampliada
mediante escritura otorgada el día 21 de septiembre de 1953 ante el mismo notario, que
causó la inscripción 14.ª, de fecha 23 de enero de 1954.
Interesa a los efectos de este expediente que el recurrente presentó en el año 2017
una instancia en el Registro, solicitando la subsistencia de la citada hipoteca, con el fin
de que dicha hipoteca fuera considerada vigente y que la finca fuera adjudicada a su
padre como acreedor hipotecario. Esta instancia causó calificación negativa motivada
porque el derecho real de hipoteca constituido en la inscripción 11.ª modificada por
la 14.ª, de la finca 11.313, garantizaba una obligación por un plazo de tres años desde la
fecha de la escritura que la motivó y, transcurrido el plazo señalado en la legislación
entonces aplicable, para su cumplimiento, quedó prescrita la obligación, resultando el
derecho real de hipoteca «no vigente y pendiente de cancelación». Esta calificación fue
recurrida ante la Dirección General de los Registros y del Notariado, que, en Resolución
de 10 de mayo de 2018, desestimó el recurso y conformó la calificación; el recurrente
presentó recurso contra la Resolución de la Dirección General ante el Juzgado de
Primera Instancia número 4 de Las Palmas de Gran Canaria, procedimiento
número 781/2018, que dictó sentencia el día 30 de septiembre de 2019 desestimando la
demanda, la cual fue recurrida ante la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran
Canaria, causando el rollo número 95/2020, recayendo sentencia, firme, el día 26 de julio
de 2023, por la que desestimó el recurso, y confirmó la sentencia dictada por el Juzgado
de Primera Instancia.
II
Presentada el día 23 de noviembre de 2023 la referida instancia en el Registro de la
Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 4, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
«De conformidad con el artículo 322 de la Ley Hipotecaria pongo en su conocimiento
la calificación del documento presentado por don S. A., J. M., el día 23 de noviembre
de 2023, bajo el asiento número 1504, del tomo 118 del Libro Diario y número de
entrada 7707, que corresponde instancia suscrita, por el presentante el treinta de octubre
último y previa calificación por don José Antonio Utrera-Molina Gómez, Registrador de la
Propiedad titular del Registro de la Propiedad número cuatro de Las Palmas, no se

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